En un intento por imponer requisitos sanitarios mínimos a los predios que en todo el país se ocupan ocasionalmente para realizar remates ferias con hacienda vacuna, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dispuso una rematriculación que finalmente aportó información muy valiosa sobre este tipo de actividades, ya que permitió conocer que la Argentina cuenta con cerca de 650 lugares donde se comercializan animales, además del tradicional Mercado de Liniers.
El listado, que fue difundido este martes en el Boletín Oficial, establece tres categorías de predios feriales y mercados concentradores.
En el Grupo 1 se mencionan los que reúnen en promedio más de 1.000 animales por remate y que son 56 en total, comenzando por el mercado ubicado en Mataderos. Estos predios más grandes representan el 9% del total, pero “concentran el 22% de los eventos y comercializaron el 60% de los animales”, explicó el Senasa.
Luego, en el denominado Grupo 2, figuran los predios para remates que manejan entre 500 y 1.000 animales por evento. “Representan el 18% de los predios y, en promedio, concentran el 34% de los eventos y comercializaron el 25% de los animales”, se indicó.
Finalmente, la mayor cantidad de remates sucede en los lugares definidos como parte del Grupo 3, con el 43% del total. En número, estos predios son el 72% de los empadronados por Senasa, pero por allí pasa solamente el 14% de los animales rematados. En este grupo ingresan los lugares donde se hicieron remates de menos de 500 cabezas.
El listado definitivo de este reempadronamiento es el siguiente:
anexo_6504652_1 (1)
Este interesante relevamiento fue fruto de una decisión tomada por el Senasa en diciembre de 2020, cuando estableció que “los predios feriales, mercados concentradores y todo otro lugar de concentración de animales deben ser habilitados en el ámbito de la Dirección Nacional de Sanidad Animal” luego de cumplir con algunos requisitos.
Entre esos requisitos figuraba el de “construcción y/o adecuación de los embarcaderos de animales”, una medida necesaria para “resguardar las debidas condiciones para el bienestar de los animales” que sean rematados en dichos predios.
La Disposición 398/2021, que permitió conocer esta interesante lista, justamente se publicó para otorgar un mayor plazo a los administradores de estos predios para concluir con esta exigencia. Los del Grupo 1 ahora “deben finalizar la construcción de los embarcaderos antes del 28 de diciembre de 2021”; mientras que para los predios medianos del grupo 2 habrá tiempo hasta el próximo 30 de junio y los del Grupo 3 tendrán un año más para hacerlo, antes del 28 de diciembre de 2022.
Los criterios para organizar los tres grupos surgieron de los datos proporcionados por el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) durante los últimos tres años. Allí figuran tanto la cantidad de eventos concentradores como la cantidad de animales ingresados.