Para ser buen funcionario libertario, al parecer, hay que citar en todas las resoluciones la famosa Ley Bases 27.742, sobre todo en sus aspectos referidos a la modernización del Estado. Es lo que hace el titular del Senasa, Pablo Cortese, en los fundamentos de la Resolución 13/2025 que se publica este lunes en el Boletín Oficial. Allí, en aras de una “simplificación”, se creó un nuevo registro sanitario donde deberán anotarse obligatoriamente todos aquellos actores del sector algodonero que necesiten mover material que pueda suponer un riesgo en materia de traslado de la plaga conocida como picudo algodonero.
“La plaga Anthonomus grandis Boheman se encuentra ampliamente distribuida en las principales regiones algodoneras del país, donde se estima su presencia en un 90% de la superficie cultivada, según lo demuestra la Red Nacional de Monitoreo del Senasa”, reconoce esa resolución, que en definitiva trata de ordenar el marco normativo en relación al picudo algodonero, que ingresó al país a fines de los 90 y se ha difundido tanto que “fue recategorizada como plaga presente, dejando su condición anterior de plaga cuarentenaria bajo control oficial”.
¿Y de qué trata la simplificación propuesta por Senasa? En realidad, es más de lo mismo, porque mientras se derogan una serie de resoluciones previas en relación al picudo, se crea un nuevo registro de “Operadores de la Cadena Fitosanitaria Algodonera”, donde deberán figurar “todas aquellas personas humanas o jurídicas que por cualquier motivo intervengan en el movimiento y/o tránsito de partidas de algodón en bruto y subproductos de algodón (grano, semilla, fibra, fibrilla, línter, desperdicios del desmote), ya sea como origen o destino”.
La Nómina de Operadores de la Cadena Fitosanitaria Algodonera (NOCFA) reemplazará entonces al Registro Fitosanitario Algodonero que funcionaba hasta ahora.
“Atento al proceso de simplificación que el Senasa se encuentra llevando adelante, corresponde actualizar los procedimientos establecidos en razón de mejorar la operatividad interna del Organismo, ello en pos de lograr la eliminación y simplificación de normas a fin de brindar una respuesta rápida y transparente a los requerimientos del ciudadano y de las empresas”, fue la explicación para esta medida, que en principio solo parece ser un nuevo registro.
Como sea, detrás de este maquillaje parece estar la decisión de Senasa (o la necesidad) de relanzar las políticas sanitarias para frenar el picudo, o al menos convivir con ese insecto.
En ese sentido, el artículo 2° de la nueva resolución dispone que “en aquellas áreas en donde las provincias constaten la ausencia de la plaga Picudo del Algodonero, a través de un monitoreo fiscalizado por el Senasa y cuyos resultados se encuentren cargados en sistemas oficiales de monitoreo, serán consideradas ‘áreas protegidas’ con respecto a dicha plaga”.
Como “ante esa condición, las provincias podrán requerir al Senasa medidas de restricción para el traslado de algodón en bruto y otros subproductos considerados de riesgo”, es que se crea el nuevo NOCFA, para controlar cualquier tipo de movimiento que pueda ser perjudicial para dichas zonas “protegidas”.
Un ejemplar del picudo algodonero apareció por Cruz del Eje: ¿Andaría buscando un fernet?
Eso sí, los operadores podrán inscribirse en el nuevo registro por Internet. Y para no jorobar al soberano, “las inscripciones realizadas en la NOCFA no tendrán vencimiento”.
Pero como finalmente se trata de una plaga que deberá ser controlada, los operadores algodoneros inscriptos en este nuevo registro sanitario “deben solicitar y obtener el Documento de Tránsito Sanitario Vegetal electrónico (DTV-e) como requisito previo al movimiento de los productos y subproductos”.