La novela con la historia de la malograda empresa Vicentin sumó un nuevo capítulo en las últimas horas, cuando el juez federal Dr. Aldo Mario Alurralde firmó los procesamientos contra 14 ex directivos de la compañía.
El procesamiento del juez Alurralde es contra los exdirectivos además de la empresa Vicentin SAIC, por “multimillonaria estafa contra el Estado” con facturas truchas, por lo que ordenó embargos también millonarios e inhibiciones.
La información publicada por el portal Reconquista Hoy da cuenta del listado de los exdirectivos que fueron procesados: Daniel Néstor Buyatti, Alberto Julián Macua, Roberto Alejandro Gazze, Máximo Javier Padoan, Cristian Andrés Padoan, Martín Sebastián Colombo, Sergio Roberto Vicentin, Pedro Germán Vicentin, Roberto Oscar Vicentin, Yanina Boschi, Herman Roberto Vicentin, Oscar Silvio Vicentin, Rubén Darío Vicentin, y Norma Susana Vicentin.
Los anteriormente citados, son considerados coautores penalmente responsables del delito de aprovechamiento indebido de beneficios Fiscales, según el artículo 3° del Régimen Penal Tributario, Ley Nacional 27.430, artículo 279, en función del artículo 13; con la agravante prevista en el artículo 15, inciso B, del mencionado cuerpo legal.
El portal del norte santafesino consignó: “Para todos, trabar embargo sobre sus bienes libres; y en el caso de los que no tienen bienes a su nombre, inhibición hasta cubrir la suma de 100 millones de pesos por cada uno de los encausados. Todos podrán continuar el proceso penal con “el beneficio de la libertad”, dice la resolución firmada el 7 de mayo de 2024”.
La denuncia fue presentada por la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, donde sostiene que la comisión delictiva detectada fue durante los años 2016 a 2019, mediante solicitudes de reintegros del Impuesto al Valor Agregado-Créditos fiscales vinculados a operaciones de exportación-, habiendo aprovechado, percibido o dispuesto de manera ilegítima de más de cien millones de pesos de entonces, suma cuya solicitud de reintegro fue recurrentemente respaldada con facturación apócrifa, presentadas para su recupero en forma fraudulenta.
Sostuvo AFIP en su denuncia que, de las tareas de fiscalización, “se verificó” que la contribuyente habría aprovechado indebidamente de reintegros de IVA por exportaciones -bajo el régimen por el cual los exportadores tienen derecho a que se les reintegre el crédito fiscal vinculado a operaciones de exportación-, con base en la utilización, registración y presentación de facturas comprobadamente apócrifas, emitidas por decenas de supuestos proveedores, habiendo percibido de ese modo sumas de dinero por parte del Fisco Nacional en los años 2016, 2017, 2018 y 2019 por montos que superan holgadamente la condición objetiva de punibilidad prevista en el artículo 3 de la Ley 24.769 vigente al momento de los hechos (por las sumas percibidas en 2016 y 2017) y en el artículo 3 del Régimen Penal Tributario instituido por el Título IX de la Ley 27.430 (por las sumas percibidas en 2018 y 2019).”
Frente al delito por el que fueron procesados, la ley dice en el Art. 3°, que será reprimido con prisión de tres años y seis meses (como mínimo) a nueve años de prisión, quien mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, se aprovechare, percibiere o utilizare indebidamente reintegros, recuperos, devoluciones, subsidios o cualquier otro beneficio de naturaleza tributaria nacional, provincial o correspondiente a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siempre que el monto de lo percibido, aprovechado o utilizado en cualquiera de sus formas supere la suma de un millón quinientos mil de pesos ($ 1.500.000) en un ejercicio anual”.
Y para el juez, esta comisión delictiva tiene como agravante la participación de dos o más personas, lo que eleva la posible condena a una pena mínima de cuatro años de prisión efectiva.