A pocas horas de vencerse la conciliación obligatoria dictada por el Ministerio de Capital Humano de la Nación, y cuando debe realizarse mañana una nueva reunión entre la Asociación de Trabajadores de la Industria Lechera de la República Argentina (Atilra) y SanCor Cooperativas Unidas Limitada, la Justicia emitió un fallo en contra de las aspiraciones del gremio que mantiene desde el 17 de octubre pasado un conflicto con la cooperativa, que paralizó la producción e impidió el habitual pago de salarios a los trabajadores.
El gremio, en esa presentación, pretendía que fuera la justicia la que le quitara a la conducción de SanCor la posibilidad de tomar prácticamente cualquier decisión que tuviera que ver con la gestión de la compañía. Pero fracasó.
Con fecha 9 de enero se dictó una resolución con firma del Juez Lucas Marín, a cargo de los juzgados en lo Civil y Comercial y Laboral de la ciudad de Rafaela. Es el distrito que abarca a la ciudad de Sunchales, en la provincia de Santa Fe, donde se encuentra la principal planta de la cooperativa láctea.
¿De qué trata el dictamen judicial? En pleno conflicto, Atilra hizo una presentación para que se prohíba o restrinja a SanCor “realizar cualquier acto o negocio a título gratuito, así como cualquier acto de disposición onerosa que implique enajenación por cualquier título, de sus activos tangibles y/o intangibles”.
Además el gremio pretendía que la justicia le prohíba a la empresa láctea “realizar, sin autorización judicial previa, cualquier acto de administración, sea ordinaria u extraordinaria” que pudiera “alterar la situación de los acreedores laborales y/o la capacidad de pago”. Por ejemplo, SanCor no podría “cancelar deudas de causa o título anterior, a excepción de las deudas laborales exigibles; ni “distribuir excedentes o resultados provenientes de actos cooperativos”.
Esa pretendida restricción también incluiría “pagar adelantos a proveedores”; “adquirir materia prima en exceso a la necesaria para la producción estimada”; “celebrar contratos de cualquier índole que comprometan pagos”; “convertir en privilegiado un crédito de título o causa anterior a la presente”; “constituir garantías o gravámenes de cualquier índole sobre sus bienes en favor de un acreedor propio o ajeno”; o “realizar actividades de inversión”.
Es decir que Atilra pidió a la justicia que la conducción de SanCor no estuviera facultada para hace casi nada y argumentaba que era para resguardar los derechos de los trabajadores.
En sus fundamentos, el gremio indicaba que desde abril de 2017 los empleados de SanCor “vienen padeciendo el pago incorrecto y a la baja de su retribución salarial”. No hacía refieren a la Resolución E658/2017 donde la propia representación sindical aceptó las condiciones que les proponía la cooperativa. Indicaron intimaciones de pago en marzo, abril y noviembre de este año, aunque no dan cuenta del conflicto puntual iniciado a mediados de octubre, que incluyó asambleas que paralizaron las distintas plantas durante casi dos meses.
La presentación judicial expone las contradicciones del sindicato hacia sus propios representados. Por ejemplo, Atilra reconoce que en la audiencia del 14 de noviembre pasado SanCor se comprometió a recuperar la pauta salarial a razón del 5% por mes a partir del pago de los sueldos. lo que ya se está efectivizando. Pero en una comunicación posterior a sus afiliados, al 7 de diciembre decían que no tenían propuesta salarial por parte de la Cooperativa.
¿Por qué pedían que la justicia ate de manos a los directivos de la cooperativa? Pues porque, según argumentaban, “se detectó una maniobra delictiva por parte de los responsables de la empresa que se quedan con dinero que deducen y retiene de los recibos de haberes destinados al sistema de la seguridad social sin depositarlos”.
Pensando que los trabajadores reclamarían en vía judicial esas acreencias y hasta tanto se presenten esas denuncias penales, “se hace necesaria una respuesta jurisdiccional adecuada a la situación ante el incumplimiento masivo y reiterado por parte”, consideraba el gremio.
De todos modos, la negativa del juez ha sido contundente. En el oficio judicial incluso se explicitan “las dudas que genera la legitimación activa de la entidad gremial para solicitar una medida como la que nos ocupa”.
Indicó el juez Marín que aceptar el pedido del gremio “significaría una suerte de desplazamiento de los órganos naturales de dirección de la empresa, al tener que requerirse autorización judicial -prácticamente- para cualquier acto, incluso los meramente administrativos y de funcionamiento. De allí que el análisis debe ser con criterio restrictivo”.
También rechaza la pretensión de Atilra argumentando que no se observa riesgo salarial, sobre todo estando en “instancias de conciliación”.
”No se vislumbra cuál sería el peligro inminente de imposible o difícil reparación”, mientras “la mera disconformidad con la forma en que se está llevando adelante tal negociación”, “no habilita, a mi entender, el despacho de las medidas solicitadas”, porque incluso no se aclara un “daño inminente”.
“No se advierte cómo o de qué manera las medidas pretendidas contribuirían a resolver la situación de deuda de la empresa con su personal”, en tanto, “si una empresa de las dimensiones y envergadura de SanCor debiera solicitar autorización judicial para cualquier tipo de acto o negocio, incluso los de mera administración, en los hechos significaría, indefectiblemente, la paralización de su actividad”, reconoce el magistrado.
Marín rechazó pues la demanda sindical por tanto “afectaría indefectiblemente la marcha de la empresa y, con ello, la fuente de recursos para afrontar el pago al que ya se comprometió. Es decir, la medida que se solicita como paliativo de una situación, terminaría agravándola”, consideró.
“Tampoco se aportó un sólo dato concreto que permita vislumbrar siquiera, que la empresa demandada haya incurrido o esté por hacerlo en actos tendientes a afectar su patrimonio”, añadió el magistrado en su fallo.
Finalmente destacó el juez que “la presentación de algún artículo periodístico sobre una situación de quebranto, no es prueba suficiente en el marco de la medida que nos ocupa. De allí que resulte inoficioso el análisis”.
“Las medidas solicitadas por la actora tienen todos los visos de una cautelar más que de una autosatisfactiva, lo que a mi entender invalida su planteo y cierra el análisis”, escribió el juez antes de desestimar el reclamo.
ATILRA Q MAL Q NOS REPRESENTAS LA PUTA Q LOS PARIO DEJEN TRABAJAR
NOS QUIEREN DEJAR A TODOS WN LA CALLE QUE CARAJO QUIEREN ATILRA
PONSE SANCOR NO ES TUYA BASTAAA HERMANO
Totalmente! Tenés toda la razón.