A través de la resolución 1450/2025, el Ministerio de Economía resolvió homologar la emergencia agropecuaria por las inundaciones en diez partidos de la provincia de Buenos Aires.
La decisión se tomó luego de se aprobara el decreto provincial 2196/2025, que se presentó ante la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, en el marco de la Ley 26.509.
“Dase por declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, a las explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas por inundación en las circunscripciones IV, V, VI, VIII, IX, X, XI y XIV del partido de Hipólito Yrigoyen; en las circunscripciones I, II, III, IV, V, VI y VII del partido de General Alvear; en las circunscripciones II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del partido de General Viamonte; en las circunscripciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XII del partido de Las Flores; en las circunscripciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI y XVII del partido de Chivilcoy; en las circunscripciones XI y XIII del partido de Junín; en las circunscripciones II y VI del partido de Roque Pérez; en las circunscripciones V, VI, VII y XIII del partido de General Lamadrid; en las circunscripciones II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI del partido de Chacabuco, y en las circunscripciones III, IV, V y VIII del partido de Monte de la provincia de Buenos Aires”, detalla la medida anunciada.
La emergencia se extenderá desde el 1° de mayo de 2025 y hasta el 31 de octubre de 2025. Según dieron cuenta, aquel cronograma se ajusta a la “finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 22 y 23 del anexo al decreto 1712 del 10 de noviembre de 2009”.
En cuanto a los beneficios contemplados en la ley, para aprovecharlos “los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo”.