Las autoridades del banco Central (BCRA) extendieron hasta el próximo 30 de septiembre de 2021 las líneas de “financiamiento para la inversión productiva” con una tasa de interés nominal del 30% anual que las entidades bancarias –tanto públicas como privadas– están obligadas a otorgar a Pymes.
Los créditos, según lo dispuesto por la Comunicación “A 7240” del BCRA, deben ser provistos por todos los bancos a Pymes a razón de un total equivalente al 7,5% de los depósitos en pesos provenientes del sector privado no financiero.
Sin embargo, la comunicación aclara que aquellas empresas inscriptas en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) en carácter de “Productor”, excepto que estén categorizadas como micro-empresas, deberán tener vendido el 95% de su cosecha de trigo y soja para poder recibir el crédito a tasas subsidiada.
La Comunicación “A 7240” determina que, para solicitar el crédito, el valor del acopio de trigo y soja por parte de las Pymes agrícolas no deberá superar el 5% de su capacidad de cosecha anual estimada en base a los rendimientos publicados por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación
La entidad financiera será responsable de verificar que el solicitante no se encuentra comprendido en esta exclusión, solicitándole una certificación emitida por un contador público –cuya firma deberá ser legalizada por el correspondiente Consejo Profesional de Ciencias Económicas– que acredite que, basado en la información brindada por la empresa al SISA respecto al último stock declarado más la producción estimada en la última cosecha realizada menos las ventas realizadas mediante Liquidación Primaria de Granos desde el 1.10 de cada año hasta la fecha, el stock actual no supera el 5% de su capacidad de cosecha anual.
Un crédito con una tasa de interés del 30% cuenta con una tasa de interés proyectada negativa porque la expectativa de inflación para los próximos doce meses, según el promedio de pronósticos de economistas consultados por el BCRA (REM), será del 45% en un rango de 32% a 65%.
Una micropyme agropecuaria es aquella que factura hasta 17,26 millones de pesos anuales, mientras que una Pyme del sector no debe tener ventas mayores que 676,81 millones de pesos por año.