La noticia es que el presidente Alberto Fernández y todo su equipo de ministros firmaron el Decreto 836/2021 que comienza reconociendo que “la falta de divisas se ha convertido en una limitación estructural para el crecimiento de nuestra economía”.
Luego de eso se dispuso mejorar las condiciones del Régimen de Fomento de Inversión para Exportaciones lanzado en abril -que adoptaba un régimen cambiario especial para aquellas empresas que invirtieran más de 100 millones de dólares- para aquellos inversores extranjeros que destinen a nuevos proyectos dentro del país sumas superiores a los 500 millones de dólares y a los 1.000 millones. En concreto, se les permitirá una mayor proporción de “divisas de libre disponibilidad”.
“Las inversiones productivas enfrentan distintos plazos de maduración, necesidades de capitalización y financiamiento y riesgos en su realización”, explica el decreto, que modifica las condiciones favorables que ya se habían impuesto a este tipo de grandes inversores en otra medida de abril pasado. “Resulta necesario incorporar previsiones específicas que den cuenta de esta realidad, procurar un tratamiento que garantice la factibilidad de aquellas inversiones de mayor magnitud que requieren de un mayor plazo para operativizarse y otorgar condiciones para la compensación de los riesgos asumidos en la espera y financiamiento”, se detallo.
En concreto, se incorporó un artículo -el 8° bis- al decreto 234 del 6 de abril de 2021. Allí se dispone que “en aquellos supuestos en los que los proyectos incluidos en el Régimen contemplen inversiones superiores a la suma de 500 millones de dólares, los beneficiarios o las beneficiarias podrán optar por acceder a un beneficio ampliado por cada año calendario en que no se hiciera uso del beneficio previsto en el artículo 8° precedente”.
El artículo precedente citado decía que “los beneficiarios o las beneficiarias del presente régimen gozarán de un monto de libre aplicación de hasta el 20% de las divisas obtenidas en las exportaciones vinculadas al proyecto, para poder ser destinadas al pago de capital e intereses de pasivos comerciales o financieros con el exterior y/o utilidades y dividendos que correspondan”.
Esa posibilidad de no tener que canjear por pesos oficiales en el Banco Central una quinta parte de las divisas crecerá a medida que sea mayor la inversión.
Cuando se trate de proyectos que contemplen inversiones de entre 500 y 1.000 palos verdes, la no liquidación podría llegar al 40%, por la acumulación de dos años calendarios.
Y cuando se trate de proyectos de más de mil palos “el monto del beneficio de libre aplicación no podrá superar un máximo anual equivalente al 60% del monto bruto de divisas efectivamente ingresadas por el beneficiario o la beneficiaria en el Mercado Libre de Cambios (MLC) para financiar el desarrollo del proyecto, al momento de hacer uso de los mismos”.
El decreto parece hecho a medida de alguna inversión en ciernes. Veremos.