El gobierno argentino habilitó un cupo adicional de exportación de 8,0 millones de toneladas de trigo 2022/23 –que comenzará a cosecharse en diciembre próximo– para sumar un total de 10 millones autorizadas.
Si la intención de siembra de trigo se cae “como un piano” este año, gracias al constante “manoseo” intervencionista perpetrado por el gobierno, entonces es muy probable que el cupo de 10 millones de toneladas sea similar al total de la oferta exportable efectiva de la campaña 2022/23.
Es decir: el gobierno se está jugando ya “todas las fichas” del negocio triguero de la nueva campaña ante la urgencia por generar divisas, dado que si bien las reservas internacionales del Banco Central (BCRA) se incrementaron en torno a 6000 millones de dólares luego del desembolso realizado la semana pasada por el Fondo Monetario (FMI), muchos sectores económicos tienen grandes volúmenes de importaciones “atrasadas” y, además, el gobierno debe emplear un monto enorme de divisas para concretar importaciones de gasoil y gas tanto licuado como natural. Adicionalmente, el BCRA debe emplear divisas para intentar contener al tipo de cambio oficial.
Con el último FOB oficial correspondiente al ciclo 2022/23 publicado por el Ministerio de Agricultura (349 u$s/tonelada), el gobierno de Alberto Fernández se aseguraría un cobro por retenciones anticipadas del orden de 300 millones de dólares.
Sin embargo, el número final por recaudar dependerá del FOB oficial publicado a partir de esta semana, dado que hasta el viernes pasado, mientras que la posibilidad de registrar exportaciones no estaba habilitada, el Ministerio de Agricultura venía “planchando” los precios FOB oficiales del trigo con el propósito de mantener a raya los valores del cereal en el mercado interno. Pero ahora, con la “canilla” abierta, seguramente los valores serán otros.
Vale recordar que resolución 78 del Ministerio de Agricultura, vigente desde octubre de 2019, dispone que los exportadores de productos agroindustriales están obligados a abonar al menos el 90% del derecho de exportación correspondiente dentro de los cinco días hábiles desde la registración de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE), lo que implica, en los hechos, que el impuesto debe pagarse por adelantado. En el caso del trigo, la alícuota vigentes es del 12% del valor FOB.