Este sábado se publicó el decreto que –tal como se anunció en la semana– creó un régimen especial para que empresas hidrocarburíferas puedan acceder sin restricciones al Mercado Libre de Cambios del Banco Central (BCRA) para comprar divisas al tipo de cambio oficial.
Para determinar los cupos de divisas que cada empresa podrá adquirir, se determinará una base, en función de lo producido en 2021, a partir de la cual se establecerán porcentajes sobre la producción incremental realizada este año.
En el caso del petróleo, la base es del 20% de la producción incremental con la posibilidad de sumar 15 a 20 puntos más si se cumplen ciertos requisitos adicionales, lo que arrojaría un rango de 35% a 40%. En lo que respecta a la producción de gas, la base es del 30% de la producción incremental con la posibilidad de sumar 5 a 10 puntos más, es decir, un total también del 35% al 40%.
El decreto establece que las divisas podrán ser empleadas para el pago de capital e intereses de pasivos comerciales en moneda extranjera, así como para la repatriación de capitales (si la empresa es extranjera). Los cupos también podrán transferirse a proveedores.
Para terminar de entender de qué se trata la medida, vamos a imaginar qué representaría ese régimen si se aplicara en el sector agrícola, que es, precisamente, el generador de las divisas que el gobierno le va a ceder al sector petróleo a “precios cuidados”.
Supongamos que la empresa “El Establo” en el ciclo anterior logró producir 2000 toneladas de soja. Si en la nueva campaña cosecha 2500 toneladas, entonces la producción incremental por considerar será de 500 toneladas del poroto.
Compartiendo un encuentro importante sobre desarrollo energético con los gobernadores de las provincias con producción hidrocarburífera.
Nos aúna el objetivo de una Argentina federal más fuerte. 🇦🇷 pic.twitter.com/LGyX0CfCjG
— Martín Guzmán (@Martin_M_Guzman) May 25, 2022
Luego, asumiendo que logra cumplir con los requisitos para lograr una cobertura del 40% de la producción incremental, entonces tendría derecho a comprar divisas al tipo de cambio oficial por un monto equivalente a 200 toneladas de soja, que actualmente representan unos 10,2 millones de pesos.
Con esa suma, podría adquirir unos 82.000 dólares al tipo de cambio oficial, los cuales podría emplear para pagar cuotas de los créditos tomados para comprar cosechadoras, sembradoras, pivotes de riego, retroexcavadoras o cualquier otra tecnología o equipo que cotiza en dólares.
Si la empresa “El Establo” tuviese que recurrir al mercado bursátil local (MEP) para comprar dólares, en lugar de obtener 82.000 dólares con 10.2 millones de pesos, podría adquirir apenas 48.500, por lo cual el régimen representa una ventaja importante para poder obtener una mayor eficiencia y competitividad.
Pero, claro, se trata de un ejercicio imaginario, porque el régimen instrumentado para la industria petrolera y gasífera no está (ni tampoco estará) disponible para el sector agrícola, que tendrá, a pesar de todo, que seguir generando las divisas necesarias para todos los sectores (como el de hidrocarburos) que no se autoabastecen de ese insumo crítico.