Podría decirse que, por primera vez, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) dejará de actuar como parte involucrada -necesariamente en favor de las reivindicaciones de esas comunidades- y comenzará a postularse como intermediario en los conflictos que éstas suscitan, generalmente vinculados a la ocupación de tierras y el reconocimiento de asentamientos, que suelen entrar en conflicto con proyectos productivos o inmobiliarios.
Así lo anunció el organismo, que, a través de la resolución 228/2025, publicada el martes en el Boletín Oficial, lanzó el Sistema de Recepción, Análisis y Respuesta de Peticiones (SRARP), un mecanismo específico para canalizar las denuncias, reclamos y consultas hacia las comunidades por parte de quienes no las integran.
El foro será obligatorio y centralizado para que cualquier “sujeto no indígena” -sea persona física o jurídica- tramite su solicitud ante el instituto, que designará a su área legal a cargo del SRARP.
Muchas veces contamos en Bichos de Campo los conflictos de intereses derivados de la presencia de comunidades originarias en terrenos productivos. Es el eterno flagelo que afronta el sector rural en varias zonas del país, pero sobre todo del norte, y que tiene en realidad un asidero específico: el mutuo reconocimiento de la propiedad comunitaria indígena y la propiedad privada a nivel constitucional. Ambos son derechos primordiales en la Carta Magna.
“Necesariamente deben ser armonizadas sin anularse mutuamente. La adopción de medidas unilaterales, además de resultar contrario al sistema democrático y federal, violenta la satisfacción del interés público”, señala el INAI, entre los considerandos de una norma que, precisamente, postula al organismo como el espacio donde se dirimirán esos conflictos.

En ese sentido, el organismo reconoce la “complejidad fáctica y jurídica de las reivindicaciones de tierras formuladas por los pueblos indígenas”, lo que precisamente significa desde hace décadas el mayor foco de conflicto para con esas comunidades. Por eso, justifica que se implemente un mecanismo de trabajo que canalice esos reclamos, pero a la vez contemple lo que sucede del otro lado con aquellos propietarios, empresas, productores u organizaciones que se ven afectadas por esas reivindicaciones.
“La ausencia de un mecanismo formal y centralizado impacta en la eficiencia administrativa, dificulta y limita el seguimiento de casos relacionados con los conflictos o colisión de derechos que dificultan la convivencia pacífica o motivan judicializaciones”, agrega la norma publicada hoy en el Boletín Oficial.
Se espera además que este nuevo sistema para la recepción, registro, análisis, derivación y seguimiento de los diversos planteos sirva además para sistematizar la información del organismo, generar estadísticas y elaborar informes, emitir alertas tempranas y mejorar la gestión interna y externa.
No obstante, el organismo se encargó de aclarar que esto no significa desconocer derechos indígenas sino “tutelarlos de modo más efectivo” permitiendo la participación de todos los actores involucrados, y no sólo de las comunidades.
El pasaje de parte involucrada a intermediario, aseguran, permitirá que “la eventual acción estatal efectuada a favor de las comunidades no sea constantemente cuestionada y goce de mayor estabilidad jurídica”.
Cabe señalar que esta novedad en el organismo llega precisamente en un año de profundos cambios, sobre todo en cuanto a su estructura y disponibilidad de recursos. Desde junio, el INAI dejó de ser un organismo autárquico para responder a la órbita de la Vicejefatura de Gabinete y resignó estructura burocrática y administrativa propia para reducir los gastos, estiman desde el gobierno, en hasta un 50%.




