Los auditores forenses que investigan a Vicentin SAIC, con el propósito de establecer el origen del episodio que llevó a la compañía agroindustrial argentina a concursarse, tendrán acceso a las transferencias realizadas por los directores de la empresa en el período inmediato anterior y posterior a la cesación de pagos ocurrida en diciembre de 2019.
Pero el equipo de auditores forenses de Deloitte Argentina, designado por el juez del concurso preventivo de Vicentin, Fabián Lorenzini, deberá utilizar los datos en el marco de un acuerdo de confidencialidad, según los solicitado por Matías López Figueroa y Martín Beretervide, representantes legales de cuatro corporaciones financieras internacionales que integran el concurso. Se trata de International Finance Corporation (IFC), Nederlandse Financierings-Maatschappij voor Ontwikkelingslanden N.V. (FMO), Natixis New York Branch y Coöperatieve Rabobank.
El 18 de febrero de 2020 el Tribunal del Distrito Sur de Nueva York ordenó a veinte instituciones financieras que aportaran datos sobre transacciones de Vicentin SAIC, sus subsidiarias y sus principales directores realizadas entre 2017 y 2020 (el primer “Discovery in aid of oreign proceedings”).
Las cuatro corporaciones financieras que integran el concurso realizaron una segunda solicitud el 29 de junio de 2020, que fue aceptada el 6 de octubre de 2020, a través de la cual se ordenó la producción de datos de transferencias de sociedades uruguayas de propiedad de los accionistas de Vicentin SAIC. Este proceso (el segundo “discovery”) se encuentra en curso.
En el primer “discovery” se obtuvieron 59 archivos que contenían información relativa a 6701 transferencias electrónicas. A los efectos de poder analizar tales datos, se contrataron los servicios de FTI Consulting (Nueva York; EE.UU.), quienes eliminaron las transferencias duplicadas, normalizaron los datos en un único formato y la cargaron en una base de datos consolidada. Luego de varios meses de trabajo, se pudieron verificar 5319 transferencias electrónicas.
Para cumplir el mandato de los jueces neoyorquinos, con carácter previo y como condición necesaria para proveer los datos solicitados, varios bancos requirieron la firma de acuerdos de confidencialidad.
Por ese motivo, los representantes legales de IFC, FMO, Natixis y Rabobank aceptaron compartir la información recolectada en el proceso de “discovery” con los auditores forenses del concurso, pero con la condición –según un escrito presentado a Lorenzini– de que los mismos mantengan la confidencialidad de la información obtenida, siendo responsables “frente a cualquier violación de dicha confidencialidad que pudiera ocasionarles un perjuicio en virtud de los acuerdos de confidencialidad”.