En el marco de los acuerdos bilaterales que establecen los requisitos para la exportación de granos a China, y continuando con el calendario anual de actualización de registro, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) informó que quienes deseen exportar a ese destino deberán completar la inscripción en el Sistema de Autogestión de Solicitudes de Exportación.
El tramite apunta a aquellas firmas exportadoras que nunca se inscribieron en el registro, y para aquellas que se han inscripto previamente, pero que nunca realizaron la inscripción a través del Sistema de Autogestión. La inscripción se realizar por única vez y no requiere de ninguna gestión adicional.
El período de inscripción en ésta oportunidad será desde el 14 y hasta el 31 de agosto inclusive. Hay que aclarar que si bien el Sistema de Autogestión permanece operativo y puede recibir solicitantes en cualquier momento, la recepción de las mismas solo se hace en el plazo indicado. Fuera de él, quedarán en estado de “pendiente” hasta la próxima convocatoria.
Los interesados deben hacer el trámite desde la página de la AFIP, en el servicio de Registro de exportadores/importadores, el cual direcciona al Sistema Integrado de Gestión de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SIGICA).
En este sentido, como único requisito, las firmas deben estar inscriptas en el Registro de Importadores y Exportadores de la Dirección General de Aduanas (DGA) de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
“Una vez allí, ingresando al Sistema de Autogestión de solicitudes de exportación, se debe seleccionar cargar solicitud de exportación granarios. Luego, en “Solicitud de inscripción para”: seleccionar “China”. Se debe seleccionar de manera precisa el tipo de trámite a realizar entre las opciones que da el Sistema”, explicaron desde Senasa.
En esa instancia será necesario ingresar el número de CUIT de la empresa exportadora y completar los datos de contacto que solicita el Sistema. A continuación, se deberá seleccionar el/los productos a exportar y luego declarar los puertos y terminales de embarque a través de los cuales realizarán las operaciones.
“Una vez finalizados los pasos anteriores, se debe dar conformidad el Anexo III y luego se debe descargar el Anexo II para enviarlos por correo electrónico a las direcciones que se indican en el Sistema”, concluyeron.