A pesar de la sequía, que “barrió” buena parte de la oferta prevista de maíz temprano, la comercialización de maíz argentino 2022/23 se encuentra en niveles adecuados para la coyuntura presente en la campaña.
Al 8 de febrero pasado –según el último dato oficial disponible– los exportadores habían comprado 7,265 millones de toneladas de maíz del ciclo 2022/23, de los cuales 4,257 millones no tienen precio hecho (operaciones abiertas “a fijar”).
En función de las expectativas actuales de cosecha (44,5 y 42,5 millones de toneladas según la Bolsa de Cereales de Buenos Aires y la Bolsa de Comercio de Rosario respectivamente), el ritmo de comercialización del maíz 2022/23 a la fecha sería superior al vigente en la misma fecha de 2017/18, una campaña que es comparable con la actual.
Adicionalmente también es superior al nivel registrado en la misma fecha de la campaña 2018/19, cuando un incremento de los derechos de exportación aplicado por el gobierno macrista a comienzos de septiembre de 2018 provocó una retracción fenomenal de las intenciones de venta.
Entre marzo y mayo de este año se declararon embarques de maíz 2022/23 por 8,059 millones de toneladas, las cuales podrán cumplirse sin inconvenientes porque el gobierno nacional, por medio de la resolución 182/2022, habilitó la posibilidad de que los permisos de embarques de maíz 2021/22 puedan emplearse para la exportaciones de maíz 2022/23.
La resolución 182/2022 también indica que “los mismos motivos de fuerza mayor podrán ser alegados por los actores de la cadena en caso de incurrir en incumplimiento respecto de los exportadores, quienes deberán admitir dicha circunstancia”.
Eso implica que si un productor no puede cumplir total o parcialmente con un forward de maíz 2022/23 porque perdió toda o parte de la cosecha prevista del cereal, entonces no estará obligado a entregar la mercadería en los plazos acordados o bien a pagar una multa por el incumplimiento.
En ese marco, los productores con forwards de maíz temprano 2022/23 realizados con exportadores que no puedan cumplirse a causa del desastre climático, deberían renegociarlos para extender el plazo de los mismos, de manera tal de trasladarlos a la cosecha de maíz tardío 2022/23 o bien al ciclo 2023/24.
En caso de negativa por parte del exportador –algo que por el momento no ha ocurrido– el productor puede recurrir a una Cámara Arbitral de Cereales para que laude al respecto, dado que el artículo tercero de las “Reglas y Usos del Comercio de Granos” ampara el pedido por razones de “fuerza mayor”.