Aunque siempre se ha presentado como un instrumento privado, que será financiado por unos actores privados y subsidiará a otros sectores privados, los ministros de Agricultura, Julián Domínguez, y de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, estamparon el viernes su firma a la Resolución conjunta 3/2022, que instrumenta esta herramienta de control de precios de los paquetes de harina Triple 000 y los fideos secos que formen parte del programa Precios Cuidados.
Por ahora, porque el gobierno dejó expresamente establecido que la lista podría crecer, para que sean subsidiados también la harina mayorista que va a las panaderías en bolsas de 25 kilos y el maíz necesario para el engorde de los pollos.
“El día 20 de diciembre de 2021 se firmó un Acta Acuerdo que previó la implementación de un mecanismo de financiamiento, con la finalidad de que los consumidores del mercado argentino pudieran contar con un precio accesible, entre otros, de Harina de Trigo Pan tipo 000 y Fideos Secos, en el marco de un mecanismo de asistencia financiera previsto bajo pautas de previsibilidad y seguridad jurídica”, explica la norma, que fue publicada en una edición especial del boletín oficial.
No hay demasiados agregados a lo ya conocido en el funcionamiento de este fideicomiso triguero que originalmente se planteaba para subsidiar los costos del trigo utilizado para el consumo interno y el maíz que las avícolas utilizan para engordar a sus pollos, pero que finalmente -por la resistencia del sector privado y de los propios Ministerios- quedó reducido a una mínima expresión y solo subsidiará los costos del trigo de unas pocas empresas alimenticias que fraccionan harina y fabrican fideos, y que además aceptaron congelar los precios finales de venta de algunos alimentos en el programa Precios Cuidados, que administra el secretario de Comercio, Roberto Feletti.
El Fondo cerealero, que tendría un costo de 30/40 millones de dólares anuales y finalmente se llamará “Fondo Anticíclico Agroalimentario”, tendrá que suscribirse en los próximos 30 días, y según la resolución conjunta se aplicará la Ley de Abastecimiento 20.680 a las empresas que eventualmente no acepten acoplarse a este mecanismo. Lease: las cerealeras que exportan trigo y maíz y que son las que deberían poner dinero para subsidiar a los molinos y las alimenticias.
“La Secretaría de Comercio Interior podrá evaluar periódicamente la evolución del Fideicomiso, en especial el volumen mínimo objeto de la asistencia financiera y el monto máximo de aporte, y podrá dictar las normas complementarias y necesarias”, define la norma firmada por Kulfas y Domínguez. A la par decide, “para el caso de eventuales incumplimientos por parte de los Fiduciantes o conflictos derivados de la liquidación de sus aportes, podrá emitir un laudo técnico relativo al efectivo cumplimiento del Contrato de Fideicomiso”.
¿Y quiénes deberán poner dinero? “Quienes estén inscriptos en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) dentro de los productos o posiciones que den sustento al régimen de asistencia financiera en cumplimiento de la normativa aplicable y las condiciones previstas en esta medida”, responde la letra fría.
En este punto la resolución deja claro que eventualmente el gobierno puede modificar la lista de productos alcanzados por los subsidios. En este sentido, en algún momento se planteó que se subsidiaría el costo también del trigo con que se elabora las bolsas de harina de 25 kilos, que son las que se distribuyen en panaderías, pero finalmente todo quedó limitado a unas 800.000 toneladas de trigo utilizadas para la harina fraccionada minorista.
La resolución es clara respecto de que otros productos podrían ser incorporados a futuro: “Dicho Fideicomiso deberá prever la eventual incorporación de otros productos conforme a lo previsto en la referida Acta Acuerdo”, amenaza.
Este es el reglamento del fideicomiso publicado este sábado:
fideicomiso reglamento
La resolución conjunta define en su primer artículo que los fiduiciantes (tanto los que pondrán dinero como los que cobrarán del fideicomiso) deben conformar este instrumento “en un plazo de 30 días hábiles” a partir de la resolución. Es decir, hacia fines de abril debería estar todo firmado.
“Serán beneficiarios todos aquellos Abastecedores de Productos Sujetos a Compensación que se encuentren en el Programa de Precios Cuidados que se adhieran al Fideicomiso”, establece.
Si alguna empresa quisiera escapar de este mecanismo y “afecte o distorsione el normal funcionamiento del mercado”, el gobierno se reserva el derecho de intervenir y “dichas conductas serán analizadas por las Autoridades Competentes de conformidad con las previsiones de la Ley 20.680”, que es la bendita Ley de Abastecimiento con el que las autoridades amenazan siempre en estos casos.