“Se considera pertinente incluir como obligación emergente de la inscripción y mantenimiento de la matrícula en el RUCA el cumplimiento de normas, sentencias o laudos en materia de consumo o abastecimiento interno”. Así lo indica la resolución 15/2021 firmada por el secretario Julián Echazarreta y publicada este lunes en el Boletín Oficial.
Esa frase abrió un montón de interrogantes: ¿Se pondrá Agricultura, el organismo del cual depende el RUCA (Registro Único de la Cadena Agroalimentaria), a controlar también los precios de los alimentos? La respuesta en principio es no. Pero como sucedió semanas atrás con el Banco Central (BCRA), que utilizó ese registro para controlar que las empresas del sector agroindustrial cumplan con los plazos de liquidación de divisas, ahora la Secretaría de Comercio Interior apelará al mismo mecanismo para verificar, según dijeron fuentes confiables a Bichos de Campo, el cumplimiento por parte de los privados de los acuerdos de precios.
La medida se tomó en función del “fideicomiso aceitero”, que obligará a las empresas del sector agroindustrial a subsidiar los valores de venta de los aceites de soja y girasol comercializados en el mercado interno. Esa sería la promesa, porque el texto frío de la norma deja abierta la puerta a gran amplitud de situaciones.
“Incorpórase al Anexo I de la Resolución 2017-21 del 23 de febrero de 2017 del entonces Ministerio de Agroindustria (que es la que define las funciones de la ex ONCCA) el siguiente apartado: 1.5.16. Cumplir con las sentencias y laudos arbitrales dictados por los órganos nacionales con competencia en materia de consumo o abastecimiento”.
Ese esa la nueva modificación. Es decir que, a partir de esas dos simples líneas, el gobierno queda habilitado para excluir del RUCA (necesario para poder operar en el negocio agroalimentario) a las empresas que incumplan normas relacionadas con el abastecimiento interno.
En criollo: si Comercio Interior de ahora en adelante avisa a la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario que cierta empresa está incumpliendo con los precios o reglas pautadas, por ejemplo, en lo que respecta al aporte obligatorio que debe realizar al “fideicomiso aceitero”, entonces esa repartición del Ministerio de Agricultura no le quedará más remedio que suspender a ese operador hasta que Comercio Interior avise que la empresa se puso en regla.
El mismo mecanismo se puso en marcha semanas atrás con el BCRA, dado que si esa entidad registraba un incumplimiento en materia de liquidaciones de divisas, entonces Control Comercial debía dar de baja a ese operador del RUCA hasta que se regularizara la situación.
Es lo que sucedió con la firma Díaz&Forti, sobre la cual el BCRA informó un incumplimiento de casi 400 millones de dólares en las liquidaciones, lo que obligó a Control Comercial a suspenderla del RUCA, razón por la cual esa empresa no pudo seguir trabajando a fazón en las plantas de la concursada Vicentin SAIC, que tuvo que salir a buscar un nuevo operador.