El proceso concursal de Los Grobo Agropecuaria se encuentra en la etapa de definición del monto del pasivo concursal, lo que representa un tarea titánica por la complejidad de operaciones cruzadas.
Los síndicos del concurso determinaron créditos admisibles con privilegio especial por 18.720 millones de pesos y 84,4 millones de dólares, mientras que otros 90,6 millones de pesos fueron categorizados con privilegio general. En tanto, se determinaron créditos quirografarios por 51.314 millones de pesos y 67,0 millones de dólares. En lo que respecta a los créditos eventuales, los síndicos indicaron que suman 672,3 millones de pesos y 3,7 millones de dólares.
Un crédito admisible es aquel que, según el criterio de los síndicos, existe y como tal es exigible, mientras que un crédito eventual es aquel cuya exigibilidad estaría sujeta a una condición incierta en el futuro.
Entre los integrantes del listado de acreedores con privilegio especial se encuentran fundamentalmente las entidades bancarias y financieras tanto locales como internacionales, mientras que el privilegio general le corresponde al fisco nacional (ARCA) y los provinciales.
listadoDe todas maneras, se están presentando muchos reclamos para rectificar los montos reconocidos, ya que en diversas situaciones, para realizar el cómputo, no se tomaron cómo válidos cheques de pago diferido que no fueron cobrados por las empresas que mantenían relaciones comerciales con Los Grobo.
Un ejemplo es el caso de Trapalco S.A., que entregó 62.400 litros de un herbicida a Los Grobo para recibir cheques electrónicos con vencimiento en mayo y junio de 2025, los cuales, si bien no fueron cobrados porque el vencimiento resultó ser posterior a la cesación de pagos, dicho monto no fue reconocido por los síndicos, razón por la cual solicitaron al juez concursal Diego Hugo Papa que rectifique el monto en cuestión.
Trapalco
En lo que respecta a los acreedores granarios, gran parte no fue incluido en el listado por haber comenzado a percibir lo adeudado en el marco de acuerdos especiales contemplados en el artículo 20 de la Ley de Concurso y Quiebras.
A la fecha la concursada estableció unos 550 acuerdos con acreedores granarios, que comprenden un “premio” o bonificación de 7,0 dólares por cada nueva tonelada de soja o girasol entregado o bien de 5,0 dólares en el caso de cereales, de manera tal que así los productores pueden ir reduciendo el pasivo concursal a cambio de abastecer con granos a Los Grobo Agropecuaria.