Por pedido de la provincia, el gobierno declaró la emergencia agropecuaria para explotaciones de nuez pecán, soja, horticultura y cítricos en Entre Ríos, permitiendo a los productores de las zonas afectadas acceder a los beneficios económicos que se instrumentan para estos casos.
En el caso de los establecimientos de citrus en Federación y Concordia, la medida llega como resultado de las heladas que cayeron entre el 30 de junio y el 4 de julio. Mediante la resolución 1502/2025 del ministerio de Economía, el gobierno nacional adhirió al decreto provincial dictado semanas atrás y reconoció allí la necesidad de una ayuda a los productores.
Por su parte, el granizo complicó a las explotaciones sojeras de Rincón de Nogoyá, a las hortícolas y de nuez pecán ubicadas en el distrito Primero del departamento de Colón. La resolución 1503/2025 de esa misma cartera también dictaminó la emergencia agropecuaria para esas actividades.
En cada uno de los casos, las fechas varían de acuerdo a los ciclos productivos. Para las explotaciones de citrus, la resolución reconoce la emergencia desde el 4 de julio de 2025 hasta el 15 de julio de 2026. Para la soja y la actividad hortícola, en cambio, se establece desde el 1 de marzo hasta el 30 de agosto de este año. En el caso de la nuez pecán, la medida rige hasta el 28 de febrero del 2026.
Según establecen las resoluciones, los productores “deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos”. En paralelo, la provincia de Entre Ríos entregará un listado de afectados a la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios.
Una vez acreditado que sufrieron pérdidas en esos plazos, podrán acceder a medidas de alivio económico.
Como se hace en cada uno de estos casos, de aquí en adelante “las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas, y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previsto”.
Asimismo, la medida comprende que la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca puede “celebrar convenios y/o actos para la ejecución de la presente medida en el marco de sus competencias”.