En el marco de la celebración del día nacional de avicultura, este viernes el Senasa (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria) dictó dos nuevos protocolos sanitarios relevantes. En uno de ellos, impone al sector un nuevo Plan de Contingencia para la Influenza Aviar, ya temible enfermedad que ya registró casos en el país desde febrero de 2023. En el otro, integró al sector privado en un nuevo Programa de vigilancia epidemiológica activa y pasiva de la propia Influenza Aviar y la Enfermedad de Newcastle, de la cual el país todavía es libre de casos.
“Argentina cuenta con un excelente status sanitario, y es un país libre de Influenza Aviar y Enfermedad de Newcastle, lo que además permite exportar a una gran cantidad de países, incluidos los más exigentes. Los principales destinos de exportación para los productos aviares nacionales son China, Países Árabes, Sudáfrica, Chile, Singapur y Vietnam”, destacó el Senasa en un comunicado en el que se suma a las celebraciones del sector.
Pero de inmediato, para recordar su cuota de responsabilidad en todo este proceso, el organismo indicó: “Para preservar este estatus sanitario, que le permite a nuestro país mantener altos índices productivos y mercados de exportación abiertos a una gran cantidad de destinos de todo el mundo, el Programa de Sanidad Aviar del Senasa implementa actividades enfocadas a la prevención y la detección temprana de estas enfermedades”.
Senasa recordó que este trabajo “se apoya en los dos pilares fundamentales de su sistema de vigilancia epidemiológica: la vigilancia pasiva y la vigilancia activa”, ya que estas acciones de control permiten “demostrar la ausencia de estas enfermedades de alto impacto productivo y comercial, y renovar anualmente la condición de país libre”.
“Asimismo, ante el eventual ingreso a la Argentina de alguna de ellas, este sistema posibilita la detección temprana y su contención mediante una rápida respuesta oficial a la emergencia”.
En este contexto se inscriben las dos nuevas resoluciones publicadas en el Boletín Oficial, que ajustan el torniquete en torno a la prevención y la vigilancia.
La Resolución 466/2025, por un lado, aprueba el “Plan de Contingencia para la Influenza Aviar de tipo A (IA), perteneciente a los subtipos H5 o H7 (IA H5/H7) en la República Argentina”. Establece, por cierto, las medidas sanitarias que deben ser aplicadas ante la sospecha de Influenza Aviar o ante la confirmación de uno o más brotes”.
Por ejemplo, define que “ante la sospecha de IA, el Senasa procederá a interdictar el predio y será el encargado de la toma, el acondicionamiento y la remisión de muestras” al laboratorio central, para verificar el caso. Cuando el mismo se confirme, el organismo comunicará de inmediato el caso a la OMSA (la organización mundial veterinaria) y “suspenderá la certificación de mercancías de riesgo aviares en forma inmediata a aquellos mercados que establecen explícitamente restricciones por IAAP H5/H7”.
“Los exportadores, los responsables de la industria cárnica y de los establecimientos de faena deben colaborar con el Senasa y brindar información sobre los lotes faenados, países a los que fueron destinados, y listados de contenedores y certificados sanitarios de exportación involucrados”, dice la normativa, que además define una serie de medidas sanitarias frente a un brote en aves de corral. Entre ellas se dice que “el sacrificio debe incluir a la totalidad de las aves presentes en la unidad epidemiológica. Este debe realizarse con la mayor rapidez posible, respetando los lineamientos de bienestar animal”.
Por el otro lado, la Resolución 468/2025, que también se editó este jueves en el Boletín Oficial, dispone de un nuevo “Programa de vigilancia epidemiológica activa y pasiva de la Influenza Aviar y Enfermedad de Newcastle en aves de corral y aves silvestres” a nivel nacional, incorporando al sector privado como parte del asunto.
“La vigilancia epidemiológica activa establecida en la presente resolución es de aplicación obligatoria en los establecimientos de aves de corral y aves de raza de la República Argentina”, enfatiza Senasa, que define una serie de “lineamientos” para realizar esa tarea.
Para empezar, la Dirección de Planificación y Estrategia de Sanidad Animal y el Programa Nacional de Sanidad Aviar establecerán anualmente una lista de establecimientos que obligatoriamente deben ser incluidos en la vigilancia.
Allí se tomarán muestras a 20 aves mediante suero a os 14 días previos a la faena de las aves. “Solo se permitirá su movimiento si los resultados de las pruebas son negativos”, avisó el organismo. En el caso de las ponedoras que producen huevos, las muestras se tomarán a partir de los 30 días de vida. Y así para diversas variantes y tipos de establecimientos avícolas.
“Los gastos relacionados con la recolección, el envío y el procesamiento de las muestras son responsabilidad del titular de la habilitación sanitaria, en producciones avícolas y del titular del establecimiento, en predios con aves de raza”, indicó el Senasa, cargando una vez más sobre los privados el costo de sus responsabilidades como policía sanitaria.