Mediante la Resolución 306/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial, el Instituto Nacional de Semillas (INASE) se arrogó la exclusividad de uso de una frase, “semilla fiscalizada”, para identificar en las etiquetas y marbetes de las bolsas de simientes aquella semilla que cumpla con los requisitos legales para su comercialización, al haber sido correctamente declarada. Los privados no podrán usar dicha identificación en las mismas bolsas para estrategias comerciales, y tendrán seis meses para deshacerse de envases viejos que la contengan antes de recibir sanciones.
“Establécese que la frase SEMILLA FISCALIZADA será de uso exclusivo de este Instituto Nacional de Semillas, en lo que respecta a su colocación en envases de semillas y marbetes, y que la misma no podrá ser colocada por el particular en otra ubicación del envase ni marbete por cuenta propia y sin autorización de este organismo”, dice el artículo relevante de esta disposición curiosa.
A renglón seguido, el presidente del INASE, Claudio Dunan, definió que la utilización de la referida frase sin cumplir las condiciones referidas en el artículo anterior, será considerada infracción en los términos del artículo 39 de la Ley 20.247 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas. Aunque más adelante se estableció “que por un plazo de seis meses a partir de la vigencia de la presente, el hallazgo de semilla Clase Fiscalizada, expuesta al público, colocada en envases que no cumplan lo establecido en el artículo 1°, no se aplicará la sanción prevista”.
¿Cuáles son los argumentos para que el Estado Nacional, a través del INASE, se arrogue la propiedad de una frase?
“El productor reconoce hoy en día la diferencia entre una semilla de Clase Identificada y otra de Clase Fiscalizada, y con ello el mayor valor y productividad de esta última a partir de su confianza en el rotulado del envase y en los controles que este Instituto Nacional”, dicen la norma en sus fundamentos.
“Este Instituto Nacional ha desarrollado reglamentaciones y documentos específicos para la referida clase de semilla, que son conocidos por el agricultor y que dan fe a éste acerca de la calidad de semilla”, insiste.
En definitiva, el INASE considera que la frase “SEMILLA FISCALIZADA” ya se ha instalado como un distintivo que refiere a cierto “Documento de Autorización de Venta que emite este Instituto Nacional para toda semilla que haya finalizado el proceso de fiscalización y, mediante el cual, se define el rótulo que tendrá cada uno de los envases que el referido documento ampare”. Este condición además figura en el rótulo de seguridad IQR o en la estampilla oficial que deben llevar las bolsas de semillas.
De todos modos, el INASE aclaró que “la utilización de dicha frase en otros documentos que no sean los envases de semilla, no queda alcanzada por la presente normativa, ya se trate de facturas, folletos, remitos, publicidad, entre otros casos, ya que éstos constituyen una forma de fomento a la semilla legal y documentación necesaria para probar la misma”.
Vllc