Por segundo mes consecutivo la recaudación por derechos de exportación volvió a mostrar un crecimiento sustancial que contrasta con los ingresos de los tributos asociados al mercado interno.
La recaudación de recursos tributarios de la Administración Pública Nacional alcanzó 13.026.431 millones de pesos en noviembre pasado con una variación nominal interanual de 178%, la cual, ajustada por inflación (IPC-Indec) refleja una caída real del 5%.
Buena parte de la mala performance se explica por la caída en el IVA, que logró recaudar 4.269.833 millones, una cifra 156% mayor que la registrada un año atrás con una inflación anual (IPC Indec) del 193%. Los ingresos por impuesto a las Ganancias también fueron “flojos”.
De hecho, hubo sólo dos tributos que lograron ganarle a la inflación interanual: los derechos de exportación (con una suba nominal del 482%) y el impuesto a los combustibles (+632%).
La suba de la recaudación por derechos de exportación se concretó en buena medida a partir de un crecimiento de las registraciones de operaciones con un plazo de embarque de 360 días (DJVE-360).
En noviembre pasado se registraron exportaciones de trigo, maíz, sorgo, cebada, aceite de girasol, poroto, harina y aceite de soja –entre otros productos– por 7,59 millones de toneladas, de las cuales el 60% se instrumentó con DJVE-360.
La resolución 78 del Ministerio de Agricultura, vigente desde octubre de 2019, determina que los exportadores de productos agroindustriales están obligados a abonar al menos el 90% del derecho de exportación correspondiente dentro de los cinco días hábiles desde la registración de las Declaraciones Juradas de Ventas Externas (DJVE-360).
Las DJVE-360, como su nombre lo indica, permiten a las compañías, una vez registrada una exportación, contar con un plazo de embarque de un año a cambio de abonar por adelantado los derechos de exportación. Brinda, por lo tanto, mayor margen logístico.
En cambio, con la opción de las DJVE-30 (que en noviembre comprendió el 40% de las registraciones) el pago de los derechos de exportación se abona al momento de la oficialización de la exportación, lo que implica que la cancelación del tributo se difiere por algunas semanas más.
En ambos casos, DJVE-30 y 360, la base imponible se determina en base al precio FOB oficial –publicado diariamente por la Secretaría de Agricultura– vigente al momento de la registración de la exportación.
El otro factor que explica el crecimiento de la recaudación por derechos de exportación es la enorme declaración de embarques de aceites vegetales y maíz que se realizó en una fase alcista de precios.
El mes pasado se registraron DJVE de aceites de soja y de girasol por un volumen de 677.535 toneladas, mientras que en lo que respecta al maíz se declararon embarques por 2,13 millones de toneladas. Tales productos registraron un repunte de valores FOB, fenómeno que, justamente, es el que impulsó un crecimiento de las ventas externas de los mismos.
En noviembre pasado los derechos de exportación, que fueron aportados mayormente por el agro, representaron el 4,5% de la recaudación total del Estado nacional, mientras que en los primeros once meses de 2024 esa proporción es también fue del 4,5%.