La influencia del médico Alberto Cormillot y de tantos otros especialistas que hablan pestes sobre la sal y su impacto sobre la salud de las personas provocó que el gobierno decidiera modificar varios artículos del Código Alimentario Argentino (CAA), con el objetivo expreso de reducir las presencias máximas de Sodio toleradas en una serie de productos, incluyendo el chorizo, los jamones y hasta el pan. Por ahora quedaron afuera de los cambios los lácteos.
Los cambios en el Código Alimentario se produjeron a través de una resolución conjunta entre la Secretaría de Regulación y Gestión Sanitaria del Ministerio de Salud, y la Secretaría de Alimentos y Bioeconomía de Agroindustria, que fue publicada este martes en el Boletín Oficial.
Cormillot: La sal es más peligrosa para los humanos que el glifosato
“En 2009 el Ministerio de Salud impulsó la iniciativa Menos Sal, Más Vida, la cual propicia la reducción del consumo de sal por parte de la población argentina”, explica de entrada esa normativa. Luego añade que en 2013 se sancionó la Ley 26.905 que promueve la reducción del consumo de sodio de la población. Fue reglamentada por decreto el 4 de enero de 2017.
Como resultado de todo ese proceso, la Comisión Nacional Asesora formada por Salud y Agroindustria se reunió en febrero del 2018 y firmó un acta acuerdo que incluyó una propuesta de modificación del CAA, que ahora se publica. Lo único que por ahora no se resolvió son los capítulos vinculados a “Sopas y caldos” y a “Quesos”, “en vista de situaciones de hecho que requieren mayor estudio”, se explicó.
En definitiva se estableció nuevos máximos de contenido de sodio para los siguientes productos:
- El Jamón cocido
- Chorizos frescos
- Hamburguesas
- Longaniza
- Longaniza a la española
- Longaniza a la Napolitana
- Salame
- Salamines
- Sopresatta a la italiana
- Morcilla
- Morcilla de Hígado
- Mortadela
- Salchicha tipo Viena
- Salchichón
- Salchichón con Jamón
- Salchichón de carne
- Fiambre de cerdo
- Fiambre cocido de pata de cerdo
- Fiambre cocido de paleta de cerdo
- Fiambre cocido de lomo de cerdo
- Fiambre cocido de otras especies
- Milanesa de diversas carnes
- Pan
- Galletitas, biscochos y productos similares
- Productos para copetín
- Snack galletas
El artículo 27 de la normativa establece que las empress alimenticias tendrán un plazo de 18 meses para adecuarse a la nueva realidad establecida por Cormillot y sus acólitos.