La influenza aviar llegó a la Argentina y los técnicos del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) debieron comenzar a implementar los protocolos establecidos en caso de la aparición de la enfermedad.
Si bien se trata de un algo cotidiano para las naciones que hace décadas vienen padeciendo la enfermedad, para el Mercosur en general y Argentina en particular se trata de una novedad.
La legislación vigente establece que la erradicación de la influenza aviar de declaración obligatoria debe realizarse mediante el sacrificio sanitario de todas las aves enfermas o sospechosas y sus contactos, para luego proceder a su posterior eliminación con el fin de detener la replicación del virus y evitar la difusión de la enfermedad.
El sacrificio sanitario debe realizarse lo más rápido posible en no más de 48 horas posteriores a la confirmación de la enfermedad y dentro de la misma explotación infectada o lo más cerca posible.
Los propietarios de los animales, objetos y construcciones que el Senasa mande a sacrificar o destruir en virtud de la autorización que la legislación le confiere (Ley Básica de Policía Sanitaria de los Animales Nº 3959), tienen derecho a exigir una indemnización según lo establecido por esta esa misma normativa.
El personal del Senasa determinará para cada caso los procedimientos de sacrificio que correspondan aplicar, entre los cuales se incluyen la matanza por faena sanitaria.
Entre los métodos recomendados está contemplada la gasificación con dióxido de carbono, dado que, además de ser un método de eutanasia para aves muy rápido y eficaz, es fácil de instrumentar y presenta riesgos mínimos para los operarios.
Las gasificaciones con dióxido de carbono pueden realizarse en el galpón donde se encuentran las aves o bien en contenedores externos; la elección depende en parte del sistema de producción de las aves y las características estructurales del galpón.
Otra alternativa es el método de espuma de alta hermeticidad, una tecnología que combina agua y espuma con burbujas de dióxido de carbono, aunque sólo es efectiva para aves criadas en el piso. Una desventaja de este sistema es que, en caso de emplearse, no puede colocarse en la fosa de eliminación a las aves junto al guano o cama debido al exceso de gas metano que produce, lo cual puede causar la explosión de la fosa.
Para la eutanasia de un número reducido de aves puede realizarse el sacrificio mediante la dislocación del cuello (utilizando pinzas de Burdizzo, tijeras o las propias manos).
Para la eliminación de cadáveres y desechos existen varios métodos, aunque preferentemente se debe proceder al enterramiento en el mismo establecimiento u otro lugar adecuado para ese fin (que siempre debe ser aprobado por personal del Senasa).
Cuando no es posible o conveniente el enterramiento, la mejor opción es elaborar compostaje (cuando existe riesgo de contaminación de napas freáticas) o bien la incineración. Los huevos u otro material orgánico contaminante (guano, cama de galpón, restos de alimentos, productos, basura, etcétera) deben recogerse con cuidado a fin de que se elimine junto con las canales.
Teniendo en cuenta que el hombre es el principal vehiculizador del virus entre granjas y sobre todo a grandes distancias, todas las actuaciones exigen contemplar una serie de medidas higiénico-sanitarias destinadas a la eliminación efectiva del virus y a evitar su propagación.
Por tales motivos, en el sacrificio y eliminación deben participar exclusivamente el número de personas necesarias para el mismo, además de disponer de un solo lugar de desinfección a la entrada y salida de la explotación para vehículos y calzados.
Los procedimientos, además de resultar onerosos, implican necesariamente la destrucción total de planteles de aves para consumo familiar o producción comercial, lo que representa un drama social y económico. Por tal motivo, todas las medidas de bioseguridad orientadas a evitar la propagación de la enfermedad resultan más que indispensables en la actual coyuntura.