La Sociedad Rural Argentina (SRA), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la cooperativista Coninagro presentaron este miércoles ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) de la Capital Federal y la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) un reclamo para que reduzcan las altísimas y abusivas tasas de interés que se aplican en los casos de juicios laborales, y que pueden llegar a multiplicar tres o cinco veces los montos de las indemnizaciones que deben pagar los empleadores al momento de resolver un juicio con sus empleados.
La última modificación de estas tasas de interés fijadas por la justicia en estos casos fue establecida por el Acta 2764/22 de la propia CNAT, que data de septiembre del año pasado y que fue votada favorablemente por la mayor parte de los miembros de ese cuerpo. Lo que hizo aquella acta es mantener las tasas de interés establecidas previamente en otras actas (la 2601/14, la 2630/16 y la 2658/17), con capitalización anual desde la fecha de notificación de traslado de la demanda.
Como los juicios laborales suelen tardar varios años, aquellos intereses aplicados resultan ser muchas veces superiores a los capitales establecidos en cada caso, especialmente porque están atados a tasas de interés que se han ido a los cielos debido a la inflación general de la economía y las políticas del BCRA. Por lo tanto, el reclamo de las entidades agropecuarias a las autoridades judiciales apunta a que se reemplacen esas tasas por otras que incorporen “parámetros de mayor razonabilidad”.
Un estudio elaborado por abogados que trabajan para las entidades agropecuarias muestra varios ejemplos de esta distorsión. Por ejemplo, aplicando la tasa para un juicio civil en la Provincia de Buenos Aires (palzo fijo digital a 30 días del Bapro), si el capital era de 1.000 pesos los intereses aplicados ascienden a 3.077 pesos, con lo cual el costo para el empleador se multiplica por cuatro. Algo semejante sucede con las causas en juzgados de la Ciudad de Buenos Aires, donde se aplica la tasa del Banco Nación a cartera nominal vencida anual a 30 días.
Este es el estudio:
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Para las entidades agropecuarias, la aplicación del último acta de la CNAT “varió el criterio de actualización de los créditos laborales, resolviendo aplicar la capitalización anual sobre las tasas de interés establecidas en actas anteriores, generando de ese modo una nueva distorsión, esta vez muchísimo más grave, injusta e inequitativa, en perjuicio de los empleadores”.
“Se ocasiona una afectación de enorme relevancia, comprometiendo seria, injusta y desproporcionadamente a las empresas”, definen CAME, la SRA y Coninagro en su reclamo a las autoridades judiciales, considerando que la aplicación de las tasas de interés como están definidas “genera un resultado tan exorbitante que, no sólo es desproporcionado, sino que importa una alteración en la legislación laboral, toda vez que las liquidaciones reflejan un excesivo aumento en los importes a pagar, colisionando los parámetros indemnizatorios fijados en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT)”.
“Si el Poder Judicial continuara desnaturalizando la ley se trataría de confiscatoriedad o incluso de expropiación sin indemnización y es lo que está sucediendo con la tasa del Acta 2764/22, que, se reitera, termina estableciendo cifras que van desde 3 a 5 meses por año, cuando el art. 245 de la LCT establece que la indemnización por despido es de un mes por año”, se añadió en el escrito presentado a la Corte Suprema.