El gobierno nacional declaró hoy el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2021 para las explotaciones ganaderas, tamberas y agrícolas de cultivos de invierno afectadas por sequía en todo el territorio de la provincia de Santiago del Estero.
Los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad provincial en el que conste que sus predios se encuentran comprendidos en la emergencia para que luego el gobierno de Santiago del Estero remita al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación el listado de los mismos.
Las autoridades de Santiago del Estero habían declarado la emergencia, por medio del decreto provincial Nº 1804, el 4 de noviembre pasado, situación que posteriormente fue validada por la Comisión Nacional de Emergencia y Desastres Agropecuarios.
Entre los beneficios comprendidos en la Ley de Emergencia Agropecuaria (N° 26.509) se incluye la posibilidad de deducir en el balance impositivo del impuesto a las ganancias el 100% de los beneficios derivados de las ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina generadas por la situación de emergencia. Esa deducción deberá computarse en los ejercicios fiscales en que las ventas hubieran tenido lugar.