“Teniendo en cuenta la tradición del organismo de propender al cumplimiento de las obligaciones exigidas por la ley, desde su origen el Directorio sucesivamente estableció planes de pago para empleadores registrados”. La referencia da cuenta de la histórica generosidad del Registro Nacional de Trabajadores Rurales (Renatre) para lanzar planes de pago para cancelar pasivo. Volvió a suceder estas vísperas de Noche Buena y Navidad, cuando se dispuso una nueva moratoria para todo 2026.
“Establécese un plan de facilidades de pagos destinado a aquellos empleadores rurales registrados conforme el artículo 7° de la Ley N° 25.191 de todo el país con vigor desde el 01.01.26 hasta el 31.12.26 y que así lo soliciten, con el objeto de regularizar las deudas y gastos administrativos que posean con el RENATRE cuyo vencimiento hubiese recaído hasta el 31.12.25”, dice el primer artículo de la Resolución 133/2025 del registro laboral que comparten empleadores y sindicalistas del medio rural.
Las deudas vencidas en 2025 que podrán regularizarse pueden responder a los siguientes tópicos:
- Contribución mensual (artículo 14 de la Ley N° 25.191), su capital e intereses resarcitorios (artículo 37 de la Ley N° 11.683);
- Determinación de oficio por contribución mensual (artículo 14 de la Ley N° 25.191) e intereses resarcitorios (artículo 37 de la Ley N° 11.683);
- Determinada por infracción (artículo 15 de la Ley N° 25.191) e intereses (artículo 37 de la Ley N° 11.683); y;
- Juicios por ejecución fiscal, créditos concursados y/o pendientes al momento de la quiebra del fallido, sean iniciados por el Renatea o Renatre
En al artículo 2° se excluye de este beneficio a los titulares y/o razones sociales de establecimientos fiscalizados por este organismo donde “se hubiere detectado indicadores de presunta explotación laboral, trata de personas y/o trabajo infantil”, a los productores que “e encuentren calificados como infractores y/o reincidentes” en materia laboral, o a aquellos establecimientos donde “hayan sido detectados trabajadores/as informales en relevamientos efectuados hasta 2 años antes”.
Tampoco podrán ingresar a este blanqueo quienes “se encuentren adheridos a un régimen de plan de pagos anterior y que el mismo se encuentre en mora”, o aquellos productores empleadores cuyas “deudas se encuentren judicializadas”.
Los deudores de aportes patronales al Renatre podrán solicitar hasta un máximo de 12 cuotas mensuales y consecutivas, con un interés de financiación igual a la tasa pasiva para operaciones que establezca el Banco Nación de la República Argentina más un margen de 100 puntos básicos para los convenios de carácter administrativo. En el caso de las adhesiones judiciales se aplicará un interés de financiación equivalente a la tasa activa para operaciones que establezca el Banco Nación más un margen de 100 puntos básicos.
Los productores declarados en estado de emergencia agropecuaria “al momento de la celebración del plan”, podrán excepcionalmente solicitar hasta 24 cuotas y una reducción en la tasa de financiación del 50%.




