Mala señal. El Ministerio de Desarrollo Productivo quiere rediseñar uno de los pocos mecanismos que tienen las Pymes para obtener financiamiento a tasas razonables.
Hoy jueves, por medio de la resolución 22/2021, se procedió a suspender por 180 días el otorgamiento de nuevas autorizaciones para el funcionamiento de Sociedades de Garantía Recíproca (SGR), “incluyendo aquellos trámites de autorización ya iniciados”, de manera tal que los equipos técnicos de Desarrollo Productivo puedan en ese período evaluar “la adecuación de los requisitos exigidos para autorizar la constitución” de nuevas SGR.
Si bien la medida no parece gran cosa, lo preocupante son los fundamentos contenidos en la resolución 22, entre los cuales se remarca que “no puede soslayarse, en el marco de la crisis económica en la que se encuentra el país, el impacto fiscal que el régimen de Sociedades de Garantía Recíproca trae aparejado en virtud de los beneficios fiscales que la Ley N° 24.467”.
También se indica que, luego de auditoría, se detectaron inconsistencias en muchas SGR y se resalta que el Presupuesto Nacional 2021 contempla un “gasto tributario” de 6653 millones de pesos para la promoción del régimen de SGR.
El crecimiento del uso de cheques avalados por parte de Pymes –ya sea propios o de terceros– en el último año se explica por dos factores. El primero es la implementación de la posibilidad de descontar tales instrumentos en plataformas digitales (E-cheq). El segundo, claro, son las bajas tasas de interés disponibles.
En la actualidad las mejores tasas de interés negociadas en el Mercado Argentino de Valores S.A. (Mavsa) para cheques avalados por SGR se encuentran en torno al 32% anual para plazos de 120 a 160 días, mientras que, por ejemplo, el Bapro –una entidad oficial– ofrece préstamos con destino a siembra con un tasa efectiva anual del 52,8%, cifra que, no casualmente, es cercana a la inflación minorista proyectada para el presente año 2021.
Para poder descontar cheques avalados es necesario habilitar un usuario en la Caja de Valores S.A. y disponer de una cuenta en una sociedad de bolsa y en una o varias SGR. Vale aclarar que esa posibilidad sólo está habilitada para Pymes agropecuarias, las cuales, según la última normativa vigente, son aquellas que tienen una facturación anual de hasta 1099 millones de pesos.