Mediante un comunicado, la Justicia Federal instalada en la localidad bonaerense de Pehuajó informó que se mantiene vigente la medida cautelar que prohíbe la aplicación de agroquímicos a menos de 300 metros de la zona urbanizada, al menos hasta que el Consejo Deliberante de esa ciudad defina reglas superadoras. Se trata de una nueva incursión de la justicia, detrás de la de Pergamino, en un territorio donde la falta de reglas nacionales y provinciales permite un aquelarre de situaciones.
En el caso de Pahuejó, ubicado sobre la ruta 5 a 360 kilómetros de la ciudad de Buenos Aires, la restricción se encuentra efectiva desde el 17 de noviembre de 2023. En ese momento la justicia fijó además un área de amortiguamiento de la misma cantidad de metros (300) a partir de que finaliza el área de exclusión. En esa segunda zona se podrá aplicar solamente productos agroquímicos con baja toxicidad o Banda Verde, y de producción orgánica, como venia sucediendo hasta la fecha.
El comunicado -dirigido al comando de Patrulla Rural, al Concejo Deliberante, al Intendente de la municipalidad y toda la comunidad de Pehuajó-, fue emitido por el juzgado federal que interviene en el caso, en un momento donde se aguarda por una ordenanza que establezca las normativas definitiva para la aplicación de fitosanitarios en ese distrito.
El juez recordó que sigue siendo de estricto cumplimiento no pulverizar en aquellos lugares que cuenten con cursos o fuentes naturales de agua, ya sea para consumo humano o animal.
Cabe recordar que durante el pasado verano el juez federal radicado en esta localidad, Andrés Heim, ordenó que antes del 24 de febrero del año en curso esta ordenanza debía estar aprobada por el Concejo Deliberante. Sin embargo, hasta el momento no se han tenido noticias de la regulación. De esta forma se terminaría con la intervención judicial que se inició con la denuncia del ciudadano Javier Enrique González, quien manifestó que su hija y la madre habían resultado afectadas por una aplicación realizada en un campo vecino.
Conforme a lo que estable la cautelar, sigue vigente que las pulverizaciones en esta zona se deberá poner en conocimiento con un plazo mínimo de 48 horas, a toda población adyacente y a la Dirección de Medio Ambiente de la Municipalidad de Pehuajó. También al Área de Fiscalización del Ministerio Agrario de la provincia de Buenos Aires, y a la Patrulla Rural, pues son estas las entidades a las que les corresponde realizar el respectivo control.