Luego de aplicar cambios en el régimen de emisión electrónica de comprobantes para el depósito y compraventa de granos, ahora las autoridades de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispusieron la obligatoriedad de registrar todos los movimientos de granos en el en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA).
Por medio de la resolución 5689/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, se dispuso que el régimen sistémico de registración para los movimientos y existencias de granos y semillas en proceso de certificación (cereales, oleaginosas y legumbres secas), tanto propios como de terceros, que antes funcionaba en el ámbito del Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA), ahora operará en el SISA.
Las exigencias sobre la registración y los plazos siguen siendo en gran medida similares a las determinadas en la normativa previa (resolución 3593/2014), aunque ahora el Estado nacional, al centralizar la información en una sola base de datos, podrá realizar análisis automatizados en tiempo real con mayor eficacia en los términos de la legislación vigente.
En ese sentido, la nueva resolución agrega disposiciones más específicas sobre la fiscalización automática de los movimientos de granos, determinado que si se detectan inconsistencias en los datos cargados puede proceder a la suspensión parcial de la emisión de cartas de porte electrónicas o incluso denegarlas.
Por otra parte, la resolución 5689 actualiza las requerimientos de seguridad, estableciendo que la clave fiscal empleada por el contribuyente debe tener un nivel de seguridad 3 como mínimo para poder gestionar la carga de datos exigida.
La nueva normativa está orientada a una mayor integración entre diferentes sistemas de información relacionados con la cadena de comercialización agrícola, lo que hace que los registros de movimientos y existencias estén más conectados con otras bases de datos en tiempo real, como el control aduanero y fiscal.