A través de la resolución 360/2020 publicada este martes en el Boletín Oficial, el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (Renatre) resolvió implementar un Plan Nacional de Regulación Registral con el objetivo de regular –valga la redundancia- el registro de los trabajadores rurales, en un plazo de 180 días.
Luego del análisis de distintos informes técnicos, el Renatre observó que existe un universo de empleadores rurales que están inscriptos de esa forma en la AFIP, y declaran a sus dependientes ante esa entidad, pero no han hecho la inscripción formal en el portal web del registro.
Oscar Bernard, subgerente de Recaudación y Control Contributivo del Renatre, dijo a Bichos de Campo que se estima que hay al menos 30.000 empleados rurales en esta condición en todo el país. Comentó que desde el Registro no descartan que se trate de un error en el procesamiento de datos, pero que de igual forma reforzarán la información en relación a este tema.
Desde este organismo mixto advirtieron que luego de transcurridos los 180 días desde el inicio de este Plan Nacional, aquellos empleadores que no hayan realizado el correspondiente registro serán sancionados conforme lo indica el artículo 15 de la ley 25191, que define el régimen de los trabajadores rurales. Las multas pueden ir desde los 80 a los 5.000 pesos, dependiendo la gravedad de la infracción, y se incluye además la posibilidad de clausura de los establecimientos en infracción.
“Dentro del Portal Renatre se podrán realizar todas las gestiones para que los empleadores, sus establecimientos y sus trabajadores, queden registrados debidamente. Esta es una oportunidad excepcional para regularizar sus establecimientos y estar en regla tanto con la normativa vigente como con su personal”, afirmó Bernard.