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Claudio Molina no tiene dudas de que la nueva Ley de Biocombustibles implica un retroceso: “Se eliminó el régimen de promoción y tiene el alcance de un régimen regulatorio”

Bichos de campo por Bichos de campo
22 julio, 2021

Claudio Molina es el director Ejecutivo de la Asociación Argentina de Biocombustibles e Hidrógeno. Trabaja en el sector desde 1998, que es lo mismo que decir que trabaja en el sector desde antes de que este se convierte en tal. Asesora a empresas de todo tipo y fue uno de los grandes impulsores de la ley que en 2006 fijó las bases de la industria de los biocombustibles.

Aún habiendo aportado rigurosamente durante la gestación de la nueva ley asesorando a la industria, la mayoría oficialista se impuso y hoy Molina se toma el tiempo de explicarle a Bichos de Campo, en un castellano que entendemos todos, qué nos dice entre líneas el texto de la nueva normativa.

-¿Ne le gustó cómo quedó la nueva Ley de Biocombustibles? ¿Qué tiene de diferente con la que ya regía?- le preguntamos.

-Aquel proyecto de ley que se convirtió en la Ley 26.093 tuvo origen en el senador Luis Falcó que recibió el apoyo de los principales funcionarios del gobierno y obtuvo un gran consenso que la nueva ley no tiene. La rechazó el grueso del arco de la oposición, la han criticado con fuerza legisladores del propio oficialismo, la rechazaron la mayoría de las entidades vinculadas a la actividad y hasta el Episcopado Argentino con respaldo del Papa Francisco. La nueva ley tiene una catarata de defectos, que muy lejos está de hacerla superadora de la 26.093. Debemos considerar que se eliminó el régimen de promoción y la ley sancionada tiene solo el alcance de un régimen regulatorio.

-¿Por qué esta ley, a tu juicio, no protege a las pymes?

-Se reiteran mensajes a la opinión pública, valorando que la nueva ley protege a las pymes productoras de biodiesel. Pero en primer lugar debemos tener en cuenta que en su texto no hay una sola mención a las Pymes, su acrónimo fue eliminado. Por otra parte, al establecerse una distribución de cupos de biodiesel hasta 50.000 toneladas anuales por empresa, en caso que la demanda lleve a una utilización plena de capacidad instalada, la facturación derivada superará con creces el límite de ventas que establece la Resolución 220/2019 del Ministerio de Producción, que regula el encuadre de las pymes. La máxima categoría para ser considerado pyme implica que se facture 3.955 millones de pesos por año, al tipo de cambio de hoy serían 40 millones de dólares.

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-¿Es decir que se habla mucho de Pymes pero la ley no define nada a favor de las Pymes?

-La realidad le termina resultando incómoda a muchos agentes económicos y no sería de extrañar que pretendan que se cree la figura de la “pyme productora de biodiesel”, para lograr un “traje a medida”. Tampoco existen los grupos económicos buenos o malos por el hecho de ser más grandes o menos grandes, o ser nacionales o extranjeros, quienes así lo piensen, están construyendo un propio relato de manera de “llevar agua para su molino”. Pero resultaría anticonstitucional que una empresa productora de biodiesel, por el sólo hecho de tener una capacidad instalada mayor a 50.000 toneladas anuales, no pueda participar del abastecimiento del mandato de corte. Peor aún es que esa empresa quede afuera, mientras haya grupos económicos solapados como pymes, que reciben varios cupos para sus fábricas controladas.

-Se discute bastante la baja en los porcentajes de corte, y hay quienes aún consideran que los mismos no bajaron. ¿Cómo ves eso?

-La Ley 26.093 estableció inicialmente un contenido mínimo de un 5% de biodiesel en el gasoil, a través de sucesivas normas complementarias emitidas durante los dos gobiernos de Cristina de Kirchner, ese piso fue elevado hasta un 10%. Estas normas son ahora ignoradas por el oficialismo. A la luz de lo establecido ahora se viola el principio de progresividad establecido en el artículo 4 de la Ley Nacional Ambiental 25.675 en el Acuerdo de París, entre otras normas. Esa reducción del contenido de biodiesel en las mezclas, que puede llegar un piso de un 3%, por debajo incluso del mínimo original del 5% establecido en 2006, es inconstitucional.

-¿Y por qué lo bajarían?

-En una entrevista concedida la semana pasada, el Ministro de Producción, Matías Kulfas justificó la baja del corte en el hecho que no veía a los biocombustibles liderando el proceso de transición energética y ante la falta de divisas, es mejor que se exporten los commodities agrícolas como tal y no se usen localmente como ingredientes de los combustibles minerales. A buen entender, pocas palabras: La nueva ley, baja o intenta bajar, los cortes de combustibles minerales con biocombustibles.

-¿Y por qué entonces si todo es tan claro algunos todavía dicen que el corte no se bajó?

-Cuando vas a cortar un combustible, ¿sobre qué base lo haces? El porcentaje medido sobre una cantidad de combustible fósil o mineral. ¿Cómo se hace la cuenta? Las petroleras informan su demanda de gasoil y sobre esa hay conceptos que no están sujetos a cortes porque así lo estableció la Secretaria de Energía. Por ejemplo los banker, que es el combustible que utilizan las embarcaciones de cabotaje e internacionales, y el “primer llenado” que se le da a un vehículo nuevo. A cifras de 2019, en Argentina se utilizan 13.600 millones de litros de gasoil por año. De todo ese gasoil que se consume hay 600 millones de litros que no se cortan. Entonces te quedan 13 millones. El porcentaje de corte es sobre 13 millones y no sobre 13.600. Eso era así antes y ahora tampoco cambió. Lo que cambió es que antes era el 10% de 13 millones y ahora es el 5%.

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-Esto entonces afecta efectivamente a las pymes…

-En la mezcla total gasoil-biodiesel sujeta a corte, no se computan los consumos de bunker (combustible para barcos), generación eléctrica, minería, primera carga (a los vehículos). La  nueva ley no es distinta a la reglamentación actual con relación a que hay conceptos no sujetos a corte, como el segmento de consumo de bunker. Por lo tanto, no es cierto que se fije en aquélla un porcentaje menor pero sobre una base mayor a la fijada por las normativas complementarias de la Ley 26.093. Además, hay que tomar en cuenta que encima la Secretaría de Energía tendrá la facultad para reducir ese corte al 3% de manera prácticamente discrecional -dada la vaguedad de la disposición-, facultad que jamás fue prevista en la Ley 26.093, salvo cuando se presenten situaciones de escasez y en tanto y en cuanto tal circunstancia ocurra, por cortos períodos de tiempo.

-¿Cuál es el escenario actual entonces para la industria del biodiésel?

-Desde que asumió el gobierno de Alberto Fernández, la baja en el contenido de biodiesel en el gasoil fue muy pronunciada. En 2020 alcanzó al 4,5% aproximadamente, efecto generado por la pandemia. Además, los refinadores de petróleo no cumplieron con el mandato y la Secretaría de Energía no lo hizo cumplir. Esta cuestión fue la que redujo el corte del 10 % obligatorio al 4,5%, poniendo al segmento de la industria de biodiesel que abastece al mercado interno al borde de la bancarrota. Esto no terminó en diciembre de 2020, sino que por el contrario se agravó, ya que el contenido promedio de biodiesel aportado por empresas pymes y grandes no integradas en su conjunto, se redujo al 3,6% en el período enero-mayo de 2021, en un claro incumplimiento de la normativa vigente. Todos estos números pueden comprobarse analizando las estadísticas oficiales.

-¿Entonces la nueva ley consagra una reducción del corte que ya se estaba dando de hecho?

-La capacidad ociosa del segmento de la industria que abastece al mercado interno en este momento es elevadísima y podría agravarse si la facultad de reducir el corte a 3% se ejerce. El panorama es sombrío y ya son varias las empresas que están temporalmente paradas, que vienen sobrellevando fuertes pérdidas.

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-Desde el sector petrolero impulsaron esta rebaja del corte porque argumentan que impacta en los precios de la nafta y el gasoil. ¿Es así?

-A lo largo de poco más de once años desde la entrada en vigencia de los mandatos de corte, gracias a la desgravación que frente a los Impuestos a los Combustibles y el CO2 que gozaron el biodiésel y el bioetanol, éstos han tenido en promedio precios más bajos que los combustibles minerales con los que se mezclan. Por tal motivo, las expresiones respecto a que la nueva ley viene a cuidar el bolsillo de los argentinos, nos son ciertas. La deteriorada situación económica del argentino promedio se cuida de otra manera, estableciendo un programa económico sólido, que defienda a la inversión para que haya más empleo y los ingresos de los asalariados, que lamentablemente están en pisos históricos en términos de dólares. Si el precio de los biocombustibles hipotéticamente subieran un 100% sobre los niveles actuales – o sea, se fueran al doble, algo imposible a corto plazo-, su impacto en en el Índice de Precios al Consumidor sería de tan solo un 0,8 %, un guarismo insignificante.

-¿Entonces qué interés defienden las petroleras?

-Es sabido que los refinadores de petróleo obligados a incorporar biocombustibles constituyen un mercado oligopólico. Cualquier esfuerzo que haga la industria de biocombustibles manteniendo sus precios muy bajos, no se traslada al consumidor final, quien en cambio soporta los constantes aumentos de precio en surtidor. Los precios de los combustibles minerales, dependen de la evolución del precio del petróleo crudo, el cual está dolarizado y toma como referencia el Brent, del mismo modo que está dolarizado el precio de las commodities agrícolas usadas para producir bioetanol de maíz y biodiesel. Y el tipo de cambio sube constantemente por la política aplicada por el BCRA, consistente en pequeñas subas diarias. Por lo tanto, constantemente, hay presión a la suba del precio de los combustibles en surtidor, sin soslayar la presión que ejercen los impuestos específicos. Los biocombustibles tienen una responsabilidad poco significativa en la formación de precios en surtidor.

Etiquetas: biocombustiblesbiodiéselClaudio Molinacombustible fosilcortes de biocombustibleley 26093ley de biocombustiblessecretaría de energíasoja
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