El gobierno argentino habilitó una nueva fuente de demanda de biodiésel al autorizar la posibilidad de usar el biocombustible en embarcaciones fluviales y marítimas.
Por medio de la resolución 252/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial, se autorizó “la utilización de biocombustibles en estado puro o mezclados en distintos porcentajes con combustibles fósiles en embarcaciones fluviales y marítimas, a elección del usuario, y siempre que el motor propulsor de la embarcación sea compatible con estos combustibles”.
En los fundamentos de la norma se indica que “en la actualidad el uso de biocombustibles en embarcaciones marítimas se encuentra en aumento, en tanto tienen el potencial de reducir significativamente las emisiones de gases de efecto invernadero del sector marítimo.
La medida representa una buena noticia para el sector oleaginoso al disponer de un nuevo factor de demanda para el aceite de soja, que es el insumo base del biodiésel en la Argentina.
Para poder despachar biodiésel a barcazas y buques se creó la categoría “Operador de Bunker” en el Registro de Operadores de Biocombustibles y Mezcladores, la cual incluye a quienes se dedican al suministro de biocombustibles para barcos con o sin instalaciones propias de almacenaje.
El “Operador de Bunker” deberá contar con una constancia de inscripción como almacenador en el registro; certificado de auditoría de seguridad de las instalaciones de almacenaje de biocombustibles; habilitación en materia de medioambiente emitida por organismo jurisdiccional competente; currículum vitae del responsable técnico de la planta, del cual surja la aptitud del mismo para el manejo de las instalaciones; y habilitación por sistema registral en Aduana.
En caso de no contar con instalaciones propias deberán acreditar un contrato con empresa inscripta bajo la categoría “Almacenador” en el registro.