domingo, noviembre 24, 2024

Biodiésel: por fin alguien que mira la viga en el ojo propio

Por otro lado, algo que es mucho más relevante para la economía argentina, es una fuente de ineficiencias económicas y paradójicamente puede implicar destrucción de valor en lugar de agregarlo.

Actualmente el poroto de soja exportado tributa el 30% de su valor FOB, el aceite de soja el 27%; mientras que el biodiesel tiene una alícuota prácticamente nula, 0,13%. Si bien no existe un subsidio explícito, el esquema de retenciones diferenciales tiene el mismo efecto económico ya que reduce el precio interno del principal insumo utilizado en la producción de biodiesel e induce una producción más allá de lo económicamente eficiente.

Veamos algunos datos. El precio promedio FOB de exportación del aceite de soja en 2016 fue de USD 705 por tonelada, para producir una tonelada de biodiesel hacen falta aproximadamente 1,05 toneladas de aceite y esto implica que una tonelada de biodiesel requirió aceite de soja por un valor FOB de 742 dólares. En el mismo período, el precio por tonelada del biodiesel fue de 717 dólares.

Es decir, sólo el valor FOB del aceite contenido en una tonelada de biodiesel resultó mayor que el precio recibido por esa tonelada de biodiesel. Esto claramente implica una pérdida económica en términos sociales, pero que se realiza porque las empresas reciben, luego de impuestos, más dólares por la exportación de biodiesel que por la exportación de aceite de soja.

Esto no es un hecho coyuntural, sino que se asocia sistemáticamente con el esquema de retenciones diferenciales. Como puede verse en el gráfico, desde 2012 existe una muy escasa diferencia entre el precio de exportación del aceite de soja y del biodiesel argentino. En los últimos 6 años estos precios son prácticamente equivalentes, e inclusive en algunos años el precio promedio del aceite de soja es superior al precio promedio del biodiesel exportado.

Vender en el mercado internacional el insumo principal (aceite) más caro que el producto final (biodiesel) es casi una invitación a las comisiones de comercio de los países de destino para que inicien una investigación, y aplicar derechos preventivos, por dumping o subsidios. La Unión Europea lo hizo en 2013, Perú en 2016 y los EE.UU. recientemente.

La UE aplicó en 2013 derechos antidumping del orden del 22% al 25,7% que implicaron la imposibilidad de continuar la exportación a este mercado. A fines de ese año la Argentina llevó el caso ante un panel de la Organización Mundial de Comercio (OMC) cuestionando la legalidad de la medida. En marzo de 2016 el panel dictaminó que la aplicación de derechos antidumping por parte de la UE no era inconsistente con las regulaciones vigentes, pero falló a favor de la Argentina sobre aspectos metodológicos de cálculo de los derechos, instando a la UE a reestimarlos de manera consistente con las regulaciones de la OMC. Una instancia de apelación en la OMC ratificó este fallo en octubre de 2016.

Es decir, de acuerdo con la OMC el caso tiene entidad para ser analizado como dumping, pero los procedimientos aplicados por UE determinaron derechos en exceso a los que hubieran correspondido. La decisión final de la UE se conocerá en septiembre, luego de haber postergado su decisión recientemente. En mi opinión la UE reducirá los derechos, pero difícilmente los lleve a cero. Vale aclarar que el mercado de la UE no está “cerrado” por restricciones cuantitativas, sino que la posibilidad de exportar nuevamente biodiesel dependerá de la alícuota finalmente aplicada.

En el caso de los EE.UU. llama la atención la gran magnitud del margen de subsidio estimado de manera preliminar que va del 50% al 64%. Estos valores son mucho más altos que los estimados por la UE oportunamente.

Vale la pena notar que el “Fact Sheet” emitido por el Departamento de Comercio dice que se instruirá a la aduana de los EE.UU. a requerir depósitos preliminares “basados” en estos porcentajes para las importaciones de biodiesel de Argentina, no los impone taxativamente. Es posible que exista algún margen de negociación para que los derechos preliminares a aplicarse puedan ser menores a estos porcentajes.

Este caso tiene implicancias que van más allá del mercado específico del biodiesel. La Argentina debe diseñar una política comercial consistente con los estándares internacionales y que minimice las distorsiones y costos de eficiencia.

En este sentido, los impuestos sobre las exportaciones agropecuarias con alícuotas diferenciales deberían eliminarse. Idealmente estos impuestos deberían ser nulos para maximizar las indudables ventajas comparativas del agro y la agroindustria argentina. Sin embargo, dado que por razones fiscales se ha decidido mantenerlos en el caso del complejo sojero, la alternativa sería fijar una alícuota menor y uniforme para todos los productos (poroto, aceite y biodiesel) que genere una recaudación equivalente a la actual.

Por ejemplo, podrían unificarse a partir de diciembre de este año en un valor del 25% y mantener el compromiso de reducción de 0.5 puntos porcentuales por mes a partir de enero de 2018. Esto implicaría que al finalizar el mandato del presidente Muricio Macri la alícuota sería del 13%, y de continuarse con la misma política de reducciones en el año a fines del año 2021 las retenciones serían eliminadas. Un anuncio de este tipo generaría sin dudas un enorme incentivo para la producción, una mejora de eficiencia y despejaría el horizonte para solucionar los conflictos comerciales internacionales.

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