En La Pampa, una provincia claramente agropecuaria, el gobierno está en manos del peronismo desde hace décadas. Sin embrago, recién en los últimos días se comenzó a discutir allí con intensidad la problemática en torno al uso de los agroquímicos, un insumo central para los productores. Primero las autoridades prohibieron la venta de esos productos por la falta de centros de reciclaje. Ahora van por una ley provincial que establecería zonas de veda de por lo menos 500 metros en torno a zonas pobladas.
Gracias a una crónica del Diario La Arena nos enteramos que el gobierno provincial presentó este martes un proyecto de la Ley llamado “de Gestión Integral de Plaguicidas”, que en caso de ser aprobado por la Legislatura reemplazaría la Ley 1173.
En su articulado, la iniciativa prohíbe la aplicación terrestre en áreas urbanas y a menos de 500 metros de cualquier ejido urbano. Para la aplicación aérea, no se podrá fumigar a menos de 3.000 metros de los pueblos y ciudades. En ambos casos se trata de distancias precautorias muy elevadas, al menos respecto de las que se establecen en otros países y otras provincias.
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La pretensión oficial seguramente chocará con la resistencia de la comunidad productiva. Las cuatro entidades de la Mesa de Enlace y también las instituciones que agrupan a las agronomías han convocado de entrada a una movilización, el próximo viernes en Santa Rosa.
La normativa impulsada por el Ejecutivo provincial ingresó por Mesa de Entradas de la Legislatura, donde se espera que este mismo miércoles, en sesiones extraordinarias, comience su tratamiento.
Dice La Arena que desde el gobierno destacaron que desde la sanción de ley vigente creció de manera inusitada el uso de plaguicidas, lo que trajo aparejado prácticas deficientes, manejos, usos y aplicaciones inadecuadas y riesgosas de los productos fitosanitarios. “Por estos motivos, consideraron oportuno extremar los recaudos en su utilización, con el dictado de una normativa adecuada a las exigencias actuales”, se indicó.
Por eso el Gobierno de La Pampa prefirió apoyarse en un marco jurídico mucho más pendiente del ambiente y la salud pública que en las instrucciones lanzadas por cuatro ministerios nacionales (incluyendo los de Salud y Ambiente) durante el gobierno de Mauricio Macri. Allí se proponían distancias precautorias mucho más chicas y se sugería poner énfasis en el cumplimiento de BPA (buenas prácticas agrícolas) por parte de los productores.
Sin pensar demasiado en las complicaciones para los productores, en el proyecto oficial se “entiende al derecho al medio ambiente sano como un derecho humano básico y esencial, siendo necesario para su concreción el dictado de normativa tendiente, por un lado, a la preservación y protección del ambiente desde una mirada ecosistémica y, por otro, a la mitigación de efectos negativos, minimización de riesgos, restauración y recomposición del daño ambiental en su caso ocasionado por las actividades productivas”.
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La ley presentada se estructura en ocho capítulos: Disposiciones Generales, De los Plaguicidas de Uso Urbano y Rural, de la Autoridad de Aplicación, de la Comisión Interdisciplinaria, del Consejo Consultor, de los Envases y Residuos derivados de la Ley, de las Infracciones y Sanciones y de las Disposiciones Complementarias.
La norma define claramente los objetivos, el ámbito de aplicación, contiene un glosario de las definiciones y siglas, establece prohibiciones en el uso de agroquímicos de uso urbano y rural, dispone los actos que se encontrarán sujetos a autorización y define nociones tales como: la prescripción de compra agronómica, las recetas urbanas y rurales, y el remito agronómico.
Con respecto a las distancias, el proyecto presentado establece la prohibición de la aplicación terrestre de productos plaguicidas en áreas urbanas y a menos de 500 metros desde el límite de la finalización de dicha área. En relación a la aplicación aérea, prohíbe la fumigación en la zona urbana y a una distancia de tres mil metros desde el limite de finalización de dicha área.
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El proyecto contempla tres autoridades de aplicación, los Ministerios de la Producción y de Salud (a través de los organismos o dependencias pertinentes) y la Subsecretaría de Salud.