De un “plumazo” el gobierno de Javier Milei procedió a disolver una serie de iniciativas creadas en las últimas dos décadas con el propósito de incentivar producciones agropecuarias alternativas.
Por medio del decreto 408/2025 se dispuso este miércoles la inmediata eliminación del Régimen para la Promoción, Desarrollo y Consolidación de la Ganadería Ovina y de Llamas; el Programa de Promoción y Producción del Gusano de Seda; el Régimen para la Recuperación, Fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina; el Régimen de Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiáridas; y el Programa para el Fomento y Desarrollo de la Producción de Búfalos de Agua.
También se dio de baja el Registro Nacional de Sericicultura, la Comisión Asesora Técnica del Régimen para la Promoción, Desarrollo y Consolidación de la Ganadería Ovina y de Llamas, la Comisión Asesora Técnica del Régimen para la Recuperación, Fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina y el Consejo Federal Bubalino, que funcionaban en el ámbito de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.
Los regímenes eliminados habían sido diseñados para fomentar, por medio de aportes no reintegrables (subsidios), proyectos específico presentados gobiernos provinciales y/o municipales, instituciones académicas, escuelas agrotécnicas y/o agroalimentarias, asociaciones, cooperativas, organizaciones, fundaciones y cámaras sectoriales, entre otros actores.
En los fundamentos de la medida se indica que “los mencionados regímenes fueron diseñados en un escenario productivo, institucional e histórico muy diferente al actual” y que en la actualidad “las políticas del gobierno nacional se orientan a reducir la intervención estatal y a maximizar la eficiencia y eficacia en la gestión pública”.
En ese marco, “se vuelve imperioso revisar aquellas funciones que pudieran resultar redundantes o superpuestas, con el fin de asegurar una asignación más racional, eficiente y focalizada de los recursos públicos”.
En otro orden, por medio del decreto 410/2025 se procedió a derogar la Ley N° 17.606, por medio de la cual se obligaba a los establecimientos y comercializadores de plantas a despacharlas acompañadas de una “Guía de sanidad para el tránsito de plantas o sus partes”.
La baja de esa norma se dictó al entender que “la mencionada ley impone restricciones que afectan tanto a productores como a comerciantes y particulares que transportan plantas, generando una intervención estatal desproporcionada en un sector que puede regularse con criterios modernos de control sanitario”.