Luego de que los acopiadores santafesinos salieran a denunciar lo que entienden como discriminación comercial por parte del gobierno provincial, beneficiando impositivamente a las cooperativas de ese rubro, la Federación de Acopiadores también hizo público y notorio su rechazo a esta medida.
La inconformidad se elevó al ministro de Desregulación y Transformación del Estado de la Nación, Federico Sturzenegger, a través de una misiva firmada por Fernando Rivara, presidente de la Federación. La misma expresa: “Esta exención genera inaceptables discriminaciones en contra de las empresas no cooperativas y competidoras, quebrantando el art. 16 de nuestra Constitución Nacional que consagra el principio de igualdad como base del impuesto y de las cargas públicas”.
“La exención comentada atenta contra la asignación eficiente de los recursos productivos que en lugar de utilizarse de acuerdo con su productividad marginal, se lo hace siguiendo meras preferencias impositivas. Cuando se atenta contra la productividad se afecta el crecimiento de la economía”, dijeron.
En este sentido, los acopiadores entienden que la medida debe ser revisada con urgencia porque da origen a una competencia desleal. Incluso tildaron de incongruente la necesidad de eximición de impuestos a las cooperativas, cuando el argumento para sostener este beneficio es que las formas productivas “no persiguen fines de lucro y solo se basan en el esfuerzo propio y la ayuda mutua”.
“Cuesta mucho entender que empresas cooperativas comercializadoras de granos, insumos, industrializadoras de aceites, harinas, biocombustibles, exportadoras, frigoríficos, dueñas de puertos, bancos, compañías de seguros y supermercados estén eximidas de pagar impuestos a las ganancias, cuando sus competidores no cooperativos y hasta los trabajadores en relación de dependencia de dichas cooperativas, deben tributar”, reclamaron los acopiadores.
Esta medida que forma parte del Proyecto de Ley 2025 del gobierno de Maximiliano Pullaro, estupula reducir los impuestos a las cooperativas acopiadoras de hasta 360 mil toneladas, al tiempo que un operador de la misma magnitud, representante de una sociedad anónima o una SRL, no tendrá acceso a este beneficio tributario.
“Conviene detenernos en este punto y afirmar que si bien las empresas cooperativas no persiguen fines de lucro según expresa la doctrina, lo cierto es que las utilidades (“excedentes” en el lenguaje cooperativo) existen. Por lo tanto, dada su existencia, alguien tiene que ser el dueño de dichas utilidades (excedentes). En este caso las utilidades excedentes corresponderán a las cooperativas o a sus socios, no hay otra posibilidad. Si no fuera así habríamos encontrado el “limbo” de las utilidades sin dueños. Queda claro entonces que el dueño de las utilidades será responsable del pago del impuesto a las ganancias, expusieron.
En definitiva, con esta misiva enviada también al ministro de Economía, Luis Caputo, a la presidenta de la Cámara de Senadores de la Nación, Victoria Villarruel, al presidente de la Cámara de Diputados de la Nación, Martín Menem, y los presidentes de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Agricultura de ambas cámaras, los acopiadores solicitan que se “arbitren los medios necesarios para evitar dichas distorsiones eliminando el inciso d) del art. 20 de la ley de Impuesto a las Ganancias, asegurando el tratamiento impositivo igualitario en el mercado de granos y entre empresas que realizan las mismas actividades, prescindiendo de su forma jurídica”.