El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) recordó que el próximo 5 de noviembre comienza a regir la prohibición de uso y comercialización de los productos fitosanitarios formulados que contengan diclorvós (DDVP). Hace unos meses, el insecticida fue prohibido para su aplicación en todas las etapas de la cadena granaria.
La medida esta reglada por la Resolución 149/2018 y se refiere a las etapas de producción, poscosecha, transporte, manipuleo, acondicionamiento y almacenamiento de granos, así como también en las instalaciones de almacenamiento de granos y de tabaco.
El diclorvos puro es un líquido incoloro denso que se evapora fácilmente en el aire y se disuelve muy poco en el agua. Tiene un aroma dulzón y reacciona rápidamente con el agua. El diclorvos utilizado en el control de plagas se diluye con otros líquidos, para ser aplicado como rociador. Esta sustancia química también se puede incorporar al plástico para que se libere gradualmente. Lo más probable es que el diclorvos que se encuentra en los sitios de desechos peligrosos esté en forma de solución líquida o en tiras o cápsulas plásticas sólidas.
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El diclorvos se produce al hacer reaccionar otras dos sustancias químicas llamadas cloral y fosfito de trimetilo. También se produce al calentar la sustancia química llamada triclorfón. Se utiliza principalmente para controlar los insectos en áreas donde se almacenan alimentos, en invernaderos y en granjas, y para controlar los parásitos que afectan al ganado. A veces se utiliza para la fumigación en casas y lugares de trabajo.
¿Por qué se lo prohíbe? Porque se ha descubierto que es perjudicial para el medio ambiente y la salud de las personas. El diclorvos es un miembro del grupo de sustancias químicas llamadas compuestos organofosforados. Algunos de estas sustancias químicas son muy perjudiciales para los insectos y por esto se usan mucho como insecticidas. En dosis más altas que las utilizadas para matar insectos, estas sustancias químicas también pueden ser perjudiciales para las personas.
Pero también hay razones comerciales que fueron expuestas por el propio senasa cuando comenzó a pensar en dar este paso, varios meses atrás. En ese momento, la resolución recordaba que “empresas importadoras de Japón reclamaron el abastecimiento de maíz y sorgo” sin residuos de este insecticida, que la Unión Europea había dado pasaos para erradicarlo; que las exportaciones de aceite de girasol hacia ese destino habían caído y uno de los motivos eran “la presencia de residuos de Diclorvós/DDVP; que el Codex Alimentarius de la FAO también había dado pasos contgra este producto…
En definitiva, el diclorvós tenía a todo el mundo en contra. Ahora tiene las horas contadas en la Argentina. Recordó el Senasa que las firmas tenedoras de estos productos que al 5 de noviembre de 2018 posean remanente de existencias, deben informar dentro de los 15 días corridos a partir de la fecha de la prohibición el stock al Senasa que determinará el destino de los mismos.