En una sesión especial celebrada ayer miércoles 5 de julio en la Cámara de Diputados, se aprobó y dio media sanción a un proyecto de ley que busca fomentar la producción de alimentos orgánicos en todo el país, firmado por el diputado formoseño Ramiro Fernández Patri.
El nombre de dicho proyecto es “proyecto de ley de promoción de la producción orgánica para economías regionales”, y obtuvo resultado favorable durante la contienda: obtuvo 120 votos afirmativos, 6 negativos y 38 abstenciones.
El mismo contempla la creación de un Régimen de Promoción de la Producción y/o Elaboración de Productos Orgánicos, debidamente certificados y autorizados, que regirá en todo el territorio de la República Argentina por un lapso de diez años, contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
💬 | "Este proyecto permite que la gente se quede a trabajar en el interior, en el campo y con empleo de calidad. Creo que tenemos los argumentos suficientes para darnos esta oportunidad", indicó @ramirofpatri (FdT).#SesionesEnDTV pic.twitter.com/5WNZqpkK5E
— DTV – El Periodismo En El Congreso (@DiputadosTV) July 6, 2023
De acuerdo al texto firmado por el diputado, se entiende como producción a la generación de productos primarios para su consumo en fresco, “la mayoría de las veces pasando por una etapa previa de poscosecha tal como manipulación, limpieza, clasificación, empaque o acondicionamiento; o ser destinada a un establecimiento procesador, siendo utilizada como materia prima, insumo o ingrediente básico para obtener un producto final industrializado.
La elaboración de dichos productos es entendida como la industrialización de esa materia prima como ingrediente básico en un producto final para su consumo.
Los beneficios que otorgaría dicha ley en caso de ser aprobada definitivamente, contemplan una serie de ítems de índole fiscal.
Según el propio texto del proyecto, se enumera: “Los beneficiarios/as del régimen de la presente ley, podrán convertir en un bono de crédito fiscal intransferible el 70% de la totalidad de las contribuciones patronales que hayan efectivamente abonado sobre la nómina salarial de mano de obra empleada en la producción y/o elaboración de productos orgánicos con destino a los sistemas y subsistemas de seguridad social, y utilizar dichos bonos para la cancelación de tributos nacionales, y sus anticipos, como así también los tributos aduaneros, excluido el impuesto a las ganancias”.
En segundo lugar, el proyecto del diputado establece que “los beneficiarios/as del régimen de promoción establecido por la presente ley tendrán una reducción del sesenta por ciento (60%) en el monto total del impuesto a las ganancias determinado en cada ejercicio respecto de las actividades productivas y/o de elaboración abarcadas por esta ley”.
Además, el artículo 8 del texto propuesto, afirma: “Los beneficiarios que revistan la calidad de monotributistas ante la AFIP, podrán solicitar una reducción del CINCUENTA (50%) de la tasa del impuesto creado por la ley N°25.413 aplicable sobre los créditos y débitos en cuenta corriente bancaria, respecto de las actividades abarcadas por esta ley”.
Este proyecto sancionado de forma parcial, estipula un fondo de cien millones de pesos para el primer año de implementación, para poder cumplir con los beneficios fiscales mencionados previamente. Ese monto debería ser administrado por la Secretaría de Agricultura del Ministerio de Economía.
En concreto, ese fondo millonario deberá destinarse una serie de elementos públicos, tales como:
- Programas de asistencia técnica y/o financiera que permitan aumentar el número de productores/as primarios en distintas regiones del país.
- Proyectos de investigación y desarrollo para la mejora de la producción primaria y reconversión orgánica, en especial en semillas.
- Programas de asistencia técnica y/o financiera para productores de menor escala y para la constitución de nuevos emprendimientos.
- Proyectos de investigación y desarrollo para el agregado de valor a la producción regional de alimentos orgánicos.
- Fortalecimiento institucional de entidades sectoriales específicas, de promoción de las actividades objeto de la presente ley, autoridades locales con programas específicos en la materia y otras instituciones de relevancia para el sector.
- Programas de conversión de áreas periurbanas a la producción orgánica.
- Aportes No Reembolsables (ANR) para acceder a la certificación orgánica de nuevos productores y elaboradores.
- Programas educativos en escuelas secundarias agrarias y rurales, y en nivel terciario o superior para la capacitación de recursos humanos.
- Promoción comercial de los productos orgánicos en el mercado interno.
- Promoción de espacios específicos para la venta de productos orgánicos en distintos canales comerciales.
- Programas de incentivos a empresas para la innovación y el desarrollo de tecnologías productivas, y para el desarrollo de tecnologías de información y comunicación (TICs).
Si desea acceder al proyecto completo, lo compartimos a continuación:
Proyecto de ley fomento de orgánicos