En las últimas horas se supo que el expediente judicial que inició la Sociedad Rural Argentina (SRA) para que se declare la “inconstitucionalidad” de los derechos de exportación (porque desde fines de 2021 no tienen aval explícito del Congreso Nacional), volverá a mudarse: se había iniciado en un juzgado federal de Córdoba, pero en una intentona el gobierno federal intentó llevarlo a la Capital Federal, con ansias de “congelarlo”. Pero ahora sorteó ese escollo y volvió a tierras cordobesas. ¿Ahora podrá avanzar?
“Se consideró la importancia institucional del federalismo judicial”, expresó Nicolás Pino, presidente de la SRA, para destacar este regreso.
En enero de 2022 la Sociedad Rural Argentina instó al gobierno nacional a discutir un nuevo régimen tributario frente a la imposibilidad de continuar exigiendo el cobro de retenciones, luego del 31 de diciembre de 2021, al haber vencido las facultades de emergencia delegadas por el Congreso en el Poder Ejecutivo.
En una primera instancia, el Juzgado Federal de Córdoba resolvió reconocer a la SRA como una entidad con solvencia institucional y capacidad técnica y económica suficiente para ser considerada “representante de todos los productores rurales argentinos en el proceso colectivo en el que se solicita la declaración de inconstitucionalidad del cobro de derechos de exportación”.
Eso entusiasmó de entrada a los dirigentes, que nunca hasta ese momento habían ensayado un camino en la justicia porque se les reclamaba que las presentaciones debían hacerla los productores a título personal, ya que eran ellos los directamente afectados por la aplicaicón de retenciones.
Pero ese entusiasmo inicial declinó cuando los abogados del Estado Nacional y la AFIP intentaron impedir la continuación normal del proceso con distintos planteos. Entre otros, solicitaron la intervención de los jueces federales de la Capital Federal.
Eso es lo que no prosperó. “En la sentencia dictada en el día de hoy, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el intento del Estado por sacar la causa de sus jueces naturales”, manifestó Pino. Y agregó: “El tribunal se hizo eco de la posición jurídica expuesta por la SRA y respaldada en precedentes de la Corte Suprema de Justicia para atribuyó la competencia a la justicia federal de Córdoba”.
“De ese modo, tuvo en consideración la importancia institucional del federalismo judicial, así como de la necesaria inmediatez entre la justicia y el lugar donde se producen los perjuicios que se procuran evitar”, añadió.
Es por eso que, a partir de ahora, la causa deberá volver a la justicia federal de Córdoba, a donde habrá de continuar su trámite hasta el dictado de una sentencia definitiva que resuelva sobre la constitucionalidad de las retenciones a la exportación.
Este es el fallo de la Cámara Federal:
Sentencia de Cámara Rural