Diez meses después de los acalorados debates que culminaron con su aprobación en el Congreso de la Nación, finalmente se reglamentó la Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos.
A través de la Disposición General 6924/2022 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), publicada en el Boletín Oficial, se dispuso la forma en que a partir de ahora se deberán publicitar y promocionar alimentos y bebidas analcohólicas envasados, que contengan al menos un sello de advertencia o el tan temido “octógono negro”.
“Toda publicidad, promoción y/o patrocinio dirigida al público de alimentos y bebidas analcohólicas envasados que contengan al menos un (1) sello de advertencia (incluyendo en éstos las leyendas precautorias sobre edulcorantes y/o cafeína) deberá adecuar su contenido a lo establecido en la presente disposición una vez adecuados los rótulos conforme a los plazos previstos en el cronograma establecido por el Artículo 19° del Anexo I del Decreto Nº 151/22 y en concordancia con la Disposición ANMAT Nº 2673/22”, indica la Disposición.
La ley 27.642, aprobada el 26 de octubre de 2021, se creó con el objetivo de “promocionar la alimentación saludable” y combatir dos problemáticas que se encuentran en franco crecimiento en el país: la desnutrición infantil y la obesidad.
Para ello se tomó como modelo a las normativas de otros países en la región como Uruguay, Chile, México y Colombia, que implementaron un sistema de etiquetado que regula y/o limita los diseños en los packagings de los alimentos envasados.
Al igual que lo hicieron esos países, Argentina a partir de ahora deberá sumar un etiquetado que informe de forma clara al consumidor sobre si un producto cuenta con exceso de nutrientes críticos como azúcares, grasas o sal. Además quedará prohibida la promoción y publicidad dirigida a niños y adolescentes.
En el Anexo I de la Disposición publicada, se detallan las normas específicas de publicidad y promoción de aquellos alimentos que contengan al menos uno de estos sellos de advertencia. El mismo define parámetros precisos no sólo para las leyendas que aparecerán en los envases sino incluso para el uso de ilustraciones y personajes animados.
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Aunque la llegada de este nuevo sistema a las góndolas será gradual, según el cronograma definido por la ley, las primeras que deberán implementar estos cambios serán las empresas alimenticias más grandes, mientras que aquellas medianas y pequeñas tendrán tiempo de adecuar su packagins hasta febrero de 2023.